NORMAS JURISDICCIONALES

MODIF. ART. 10º CSU-103/23

 

Resolución CSU-467/23

Expte 3152/05

 

BAHÍA BLANCA, 22 de junio de 2023

 

VISTO:

La Ley 24.156 de Administración y de los sistemas de control;

 

El reglamento aprobado por Decreto Nº1344/2007; La resolución CSU-103/2023 sobre normas jurisdiccionales en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur; y

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 10º de la resolución CSU-103/2023 establece “… que cada Órgano Jurisdiccional competente podrá realizar, como mecanismo de excepción, adquisiciones bajo el concepto de gasto menor, según el procedimiento detallado en el Anexo I de la presente resolución, cuando el monto estimado no supere el monto de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000,00). En el caso de las contrataciones que no superen la suma de un millón pesos ($ 1.000.000,00) el Órgano Jurisdiccional competente podrá utilizar el procedimiento de compras con presupuestos, detallado en el Anexo II de la presente resolución.”;

 

Que el contexto inflacionario vigente en el país, junto con el consecuente y significativo incremento de los precios, ocasiona que los montos previstos resulten insuficientes;

 

Que con el fin de asegurar que dichos montos sean adecuados, resultaría necesario llevar a cabo ajustes periódicos que consideren la evolución del costo de vida, tomando como referencia principal el índice del CREEBBA (Centro Regional de Estudios Económicos de Bahía Blanca Argentina);

 

Que, desde el mes de marzo, momento en el cual se aprobaron los montos máximos para contrataciones y gastos, el índice del CREEBBA ha sufrido un aumento acumulativo del 24.8 %;

 

Que estas revisiones deberán realizarse cada tres meses, con el fin de asegurar que la reglamentación esté actualizada y se adapte a las condiciones económicas cambiantes;

 

Que, por lo expuesto, es necesario modificar el artículo 10° donde se encuentra estipulado el límite para las compras en concepto de gasto menor y compras con 3 presupuestos;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 21 de junio de 2023, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Modificar el artículo 10° de la resolución CSU- 103/2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 10º: Establecer que cada Órgano Jurisdiccional competente podrá realizar, como mecanismo de excepción, adquisiciones bajo el concepto de gasto menor, según el procedimiento detallado en el Anexo I de la resolución CSU-103/2023, cuando el monto estimado no supere el monto de novecientos treinta y seis mil pesos ($ 936.000). En el caso de las contrataciones que no superen la suma de un millón doscientos cuarenta y ocho mil pesos ($ 1.248.000) el Órgano Jurisdiccional competente podrá utilizar el procedimiento de compras con presupuestos, detallado en el Anexo II de la resolución CSU-103/2023”.

 

ARTÍCULO 2º: Pase a la Secretaría General de Planificación y Gestión Presupuestaria a sus efectos y para comunicación a las Secretarías Generales, Direcciones Generales, CEMS, Asamblea Universitaria y Departamentos Académicos. Tome razón la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

 

DRA. ANDREA S. CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. JAVIER D. OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO