REGLAMENTO DE BECAS PARA EL DESARROLLO DE AREAS ESTRATEGICAS EN LA UNS
Resolución CSU-470/06
Expediente.1325/06.
BAHÍA BLANCA, 10 DE JULIO DE 2006
VISTO:
Que en el ámbito
de la Universidad Nacional del Sur existen áreas de trabajo científico
académico que debieran ser reforzadas con el fin de atender necesidades
actuales o futuras de la región o el país;
La
propuesta elevada por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología con la
conformidad de su Consejo Asesor; y
CONSIDERANDO:
La importancia de contar con un nuevo instrumento que
pueda atender a la promoción de recursos humanos promoviendo la generación de actividades que apunten al
desarrollo de áreas de conocimiento estratégicas;
La necesidad de
reglamentar un nuevo programa de Becas, complementario al actualmente
vigente, con el fin de contar con dos
instrumentos que puedan atender a la formación
de recursos humanos de una manera balanceada entre los planes de desarrollo
Departamentales y la calidad académica de los postulantes;
Que existen fondos de la Finalidad Ciencia y Técnica
para financiar la asignación de un
número predeterminado de becas para el
desarrollo de áreas estratégicas en la UNS;
Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión
de fecha 5 de julio de 2006, aprobó lo aconsejado por su Comisión de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO
1º: Establecer el Reglamento de Becas para el desarrollo de
Áreas Estratégicas en la Universidad Nacional del Sur , que corre como
Anexo de la presente resolución.
ARTICULO
2º: Pase a la Secretaría General de
Ciencia y Tecnología. Pase a la Dirección General de Sistemas de Información para su
difusión, al Boletín Oficial y a los Departamentos Académicos. Cumplido,
archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNÁNDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
En el ámbito de la Universidad Nacional del Sur existen áreas de trabajo
científico académico que debieran ser reforzadas con el fin de atender
necesidades actuales o futuras de la región o el país. La definición de las
mismas, como áreas estratégicas, permitiría a la institución organizar sus
actividades en pos de tales objetivos y sostenerlos en el tiempo con el
fin de alcanzar el nivel de desarrollo necesario. En tal sentido, constituye un
elemento clave el abordaje interdisciplinario de las áreas involucradas.
El objetivo del presente programa, es incorporar un nuevo mecanismo de
asignación de becas, complementario al actualmente vigente, con el fin de
contar con dos instrumentos que puedan atender a la promoción de recursos
humanos de una manera balanceada entre los planes de desarrollo Departamentales y la calidad
académica de los postulantes.
Para comenzar a promover la generación de estas actividades que apunten
al desarrollo de áreas de conocimiento estratégicas, se adjudicarán un número
predeterminado de becas. Previo a la convocatoria de las mismas, los
Departamentos que desean participar de esta modalidad deberán elevar a la
Secretaría de Ciencia y Tecnología la definición del área estratégica a la cual
desean asignar la misma.
ARTICULO
2º) Lineamientos generales de la convocatoria
Los
lineamientos generales del presente programa son los siguientes:
a) Cada Unidad Académica podrá participar de una única área estratégica, sea
ésta en forma individual o conjunta con otros Departamentos.
b)
Las áreas propuestas
deberán ser acompañadas con una adecuada descripción de los objetivos de
estudio, donde se consignará la importancia de la temática y el impacto que el
desarrollo de tales estudios tendrían en el futuro del/los Departamentos y de
la Universidad en su conjunto. Además, deberá consignarse de qué manera el/los
Departamento/s apoyará/n financieramente el desarrollo de los trabajos de
investigación que llevará adelante el becario en el área propuesta. Toda esta
presentación no deberá exceder las cinco hojas.
c)
La propuesta de área
estratégica tiene una duración mínima de tres años. Ello significa que por lo
menos en tres convocatorias sucesivas, las becas estarán destinadas a la misma
área estratégica.
d)
Las propuestas de áreas
estratégicas serán evaluadas por el Consejos Asesor de Investigación en Ciencia
y Tecnología (CAICyT) antes del lanzamiento de la convocatoria, a los efectos
de determinar si la propuesta de la misma tiene un grado de precisión adecuado.
Se pretende contar con una propuesta suficientemente precisa que permita
concentrar esfuerzos y alcanzar resultados concretos.
e)
A los efectos de lograr
avances significativos en las temáticas propuestas como estratégicas, las becas
otorgadas tendrán una duración de cuatro años con una evaluación anual. Se
pretende que en dicho período de duración de la beca el candidato logre el
título de Doctor en alguno de los estudios de doctorado existentes en la
Universidad Nacional del Sur.
f)
Las propuestas deberán
contar con el aval del/los Consejos Departamentales correspondientes.
g)
Si en una convocatoria
quedaran áreas estratégicas sin becas asignadas, en la siguiente convocatoria
las mismas tendrán prioridad sobre las que efectivamente recibieron becas.
h)
Anualmente, el CAICyT
realizará una evaluación de la marcha del presente programa de becas con el fin
de determinar los ajustes que considere necesarios a fin de alcanzar los
objetivos planteados.
Junto con la difusión de la convocatoria, la Secretaría de
Ciencia y Tecnología brindará el listado de las temáticas definidas como
estratégicas por las unidades académicas. Se utilizarán los mismos formularios
que para las actuales becas de egresados y los interesados deberán indicar por
nota expresa agregada a la solicitud, el área estratégica en que se inscribe su
plan de trabajo propuesto.
Vencido el plazo de inscripción, la Secretaría de Ciencia y
Tecnología girará las presentaciones a los respectivos Departamentos quienes
deberán avalar las solicitudes que respondan a los objetivos propuestos por la
unidad académica.
ARTICULO
4º) Asignación de las becas.
El Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología (CAICyT) llevará a cabo el
siguiente proceso de asignación de las mismas:
a)
Inicialmente se
evaluará a todos los candidatos que cuenten con el aval del respectivo
Departamento según el mecanismo establecido en la resolución CSU 593/2004;
determinándose, para cada uno de ellos, el puntaje respectivo previsto en tal
resolución.
b)
A cada candidato se le
sumará un puntaje igual a FI*(NDap-1), donde FI tendrá un valor igual a 0.2 y
NDap es el número de Departamentos que se presentan en forma conjunta en el
área estratégica al cual se presenta el candidato. Mediante Este proceso
surgirá un listado único de candidatos, ordenado en orden decreciente.
c)
Se asignarán la
totalidad de las becas previstas teniendo en cuenta el único orden de mérito
modificado según el punto 2, correspondiéndole, en primera instancia, una beca
al primer postulante de cada área estratégica. Posteriormente, y comenzando
nuevamente con el orden de mérito, se continuará asignando una beca por área
estratégica, teniendo prioridad aquellos Departamentos que aún no hayan
recibido becas. Se continuará con este proceso de asignación hasta agotar todas
las becas.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO