CEMS

INGRESO TERCER CICLO EGB 2002

Resolución CSU-475/01.

Expediente CU-1150/95

BAHIA BLANCA, 26 de setiembre de 2001.

VISTO:

La propuesta de reglamentación de ingreso al tercer ciclo de la Escuela de Educación General Básica para el ciclo lectivo 2002 elevada por el CEMS (fs. 102/104); y

CONSIDERANDO:

Que en la misma se proponen instancias tutoriales tendientes a ofrecer a los aspirantes un asesoramiento institucional durante el período de preparación para el examen de ingreso, a la vez que se les facilita la familiarización con las Escuela;

Que el esquema tutorial propuesto contribuirá a enriquecer la tarea de aquellas familias que no pueden pagar un apoyo particular;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su sesión del 19 de setiembre de 2001, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Aprobar la reglamentación de ingreso al tercer ciclo de la Escuela de Educación General Básica para el ciclo lectivo 2002 que corre como Anexo I de la presente.

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento, al CEMS y por su intermedio a la Escuela de Educación General Básica. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. EDGARDO GÜICHAL

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

A N E X O I

(Resol.CSU-475/01)

Reglamentación de Ingreso al Tercer Ciclo de la Escuela de Educación General Básica para el Ciclo Lectivo 2002.

ARTICULO 1º).- Fijar en diez (10) el número de divisiones de séptimo año de la Escuela de Educación General Básica que funcionarán en en ciclo lectivo 2002.

ARTICULO 2º).- Ingresarán en forma directa los alumnos de sexto año de la Escuela de Educación General Básica promovidos a séptimo año.

ARTICULO 3º).- Las vacantes restantes serán cubiertas por aspirantes provenientes de otras escuelas de Educación General Básica del siguiente modo:

  1. Los aspirantes rendirán sendas pruebas de aptitud en las áreas de Lengua y Matemática en los días 11 y 12 de diciembre del corriente año, respectivamente. El puntaje máximo de cada área será de veinte (20) puntos. El puntaje mínimo de aprobación será de quince (15) puntos en total, debiendo alcanzar por lo menos cinco (5) puntos en cada área. El ingreso de los aspirantes se verificará según el orden de mérito resultante de las pruebas y en función de las vacantes disponibles.
  2. Las pruebas serán preparadas por una comisión integrada por los Coordinadores de las áreas respectivas y la Directora de la Escuela de Educación General Básica, sobre las siguientes bases:
  3. b1) La prueba de Matemática contendrá problemas que se ajusten a las competencias planteadas por la Dirección General de Escuelas de la Pcia. de Bs. As. para los alumnos que finalizan el segundo ciclo de la Educación General Básica.

    b2) La prueba de Lengua contendrá preguntas y ejercicios de comprensión de textos, utilizando textos de uso corriente en el sexto año de la Educación General Básica.

  4. Las pruebas serán anónimas.- Las mesas de examen y el control de los grupos estarán a cargo de profesores y auxiliares docentes designados por la Dirección de la Escuela de Educación General Básica.
  5. La corrección de las pruebas estará a cargo de los Coordinadores y de los docentes que efectuaron las tutorías en las respectivas áreas.

ARTICULO 4º).- Como apoyo a la preparación de los aspirantes se instrumentarán las siguientes acciones:

  1. Los Coordinadores de Lengua y Matemática confeccionarán cuadernillos de información y ejercitación sobre los contenidos de las pruebas de aptitud que serán entregados a los aspirantes en el momento de la inscripción.
  2. Se dictarán durante los meses de octubre y noviembre clases tutoriales de una hora de duración, con frecuencia quincenal como máximo, para cada una de las áreas. Estarán a cargo de docentes de la respectiva especialidad que se desempeñen en los establecimientos dependientes del CEMS. La selección de docentes será efectuada por una comisión integrada por los Coordinadores de las áreas respectivas y la Directora de la Escuela de Educación General Básica.
  3. En las clases tutoriales los alumnos recibirán material impreso y ejercitación complementaria acorde con las expectativas de logro fijadas en las pruebas de aptitud, la que será resuelta durante la clase y entregada al docente para su corrección y posterior devolución en el encuentro siguiente. Las clases no serán obligatorias.

ARTICULO 5º).- Autorízase a la Cooperadora de la Escuela de Educación General Básica a percibir una contribución voluntaria de cinco (5) pesos mensuales por aspirante, destinada a apoyar las actividades tutoriales descriptas.

DR. EDGARDO GÜICHAL

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO