INGRESO AL PROFESORADO DE EDUCACION GRAL. BASICA (1º Y 2º CICLO) y EDUCACION INICIAL

(Modif. CU-25/87)

Resolución CSU-479/01.

Expediente CEMS-294/95

BAHIA BLANCA, 26 de setiembre de 2001.

VISTO:

La propuesta de modificación de los requisitos de ingreso a los Profesorados de Educación Gral. Básica (1º y 2º ciclo) y de Educación Inicial, elevada por la Vicerrectora - Vicedirectora de la Escuela Normal Superior; y

CONSIDERANDO:

Que el actual régimen de ingreso (Res.CU-25/87 y modificatorias) establece que los aspirantes deberán tener aprobado un ciclo secundario de cinco (5) años de duración como mínimo;

Que la Ley de Educación Superior prevé que para ingresar como alumno a las instituciones de nivel superior, se debe haber aprobado el nivel medio o el ciclo polimodal de enseñanza (art. 7º);

Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 19 de setiembre de 2001, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Modificar el inc. a) del art. 1º de la Resolución CU-25/87, quedando su texto redactado de la siguiente forma:

"Inc. a).- Los aspirantes a ingresar al Profesorado de Educación Gral. Básica (1º y 2º ciclo) o al Profesorado de Educación Inicial deberán haber aprobado totalmente el nivel medio o el ciclo polimodal de enseñanza al primer día hábil administrativo del mes de junio."

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y por su intermedio a la Escuela Normal Superior. Dése al Boletín Oficial. Cumplido; archívese.

DR. EDGARDO GÜICHAL

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO