INGRESO AL PROFESORADO DE EDUCACION GRAL. BASICA (1º Y 2º CICLO) y EDUCACION INICIAL
(Modif. CU-25/87)
Resolución CSU-479/01.
Expediente CEMS-294/95
BAHIA BLANCA, 26 de setiembre de 2001.
VISTO:
La propuesta de modificación de los requisitos de ingreso a los Profesorados de Educación Gral. Básica (1º y 2º ciclo) y de Educación Inicial, elevada por la Vicerrectora - Vicedirectora de la Escuela Normal Superior; y
CONSIDERANDO:
Que el actual régimen de ingreso (Res.CU-25/87 y modificatorias) establece que los aspirantes deberán tener aprobado un ciclo secundario de cinco (5) años de duración como mínimo;
Que la Ley de Educación Superior prevé que para ingresar como alumno a las instituciones de nivel superior, se debe haber aprobado el nivel medio o el ciclo polimodal de enseñanza (art. 7º);
Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 19 de setiembre de 2001, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar el inc. a) del art. 1º de la Resolución CU-25/87, quedando su texto redactado de la siguiente forma:
"Inc. a).- Los aspirantes a ingresar al Profesorado de Educación Gral. Básica (1º y 2º ciclo) o al Profesorado de Educación Inicial deberán haber aprobado totalmente el nivel medio o el ciclo polimodal de enseñanza al primer día hábil administrativo del mes de junio."
ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y por su intermedio a la Escuela Normal Superior. Dése al Boletín Oficial. Cumplido; archívese.
DR. EDGARDO GÜICHAL
VICERRECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO