CEMS

CONCURSOS PARA CARGOS DIRECTIVOS (MODIF. CSU-266/97 y  CSU-372/98 - Deroga CSU-749/99 y CSU-819/99.)

 

Resolución CSU-479/03

Expediente 579/86 3º C

 

BAHIA BLANCA, 29 de agosto de 2003.

 

            VISTO:

            La propuesta efectuada por el Consejo de Enseñanza Media y Superior mediante Res. Nº 125/03, referida a la denominación, los títulos habilitantes y el perfil de los cargos de Vicedirector de la Escuela de Agricultura y Ganadería; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el Profesor de Didáctica de las Ciencias Agropecuarias del Departamento de Agronomía Ing. Victorio Elisei, expresa en su nota del 1 de julio del corriente que la reforma es adecuada;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su sesión del 13 de agosto de 2003, lo aconsejado por su comisión de interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Reemplazar la redacción del Anexo V de la Res.CSU-266/97, aprobado por  Res. CSU-372/98 y modificado por Res. CSU-749/99 el término VICEDIRECTOR DE PRIMERA  por VICEDIRECTOR ACADEMICO y VICEDIRECTOR DE PRIMERA por VICEDIRECTOR TÉCNICO.

 

ARTICULO 2º).- Modificar el inc. 1 del art. 1º de la Res. CSU-372/98, quedando su texto redactado  del siguiente modo:

 

“Requisitos para los aspirantes:

VICEDIRECTOR ACADEMICO: Poseer título docente e nivel superior, con una duración no inferior a 4 (cuatro) años y reconocido por un ente oficial.

 

VICEDIRECTOR TÉCNICO: Poseer título de Ingeniero Agrónomo, Médico Veterinario o equivalente a criterio del jurado.”

 

ARTICULO 3º).- Incorporar cono Anexo de la Resolución CSU-266/97 los siguientes aspectos específicos de la reglamentación de concurso de los cargos de Vicedirector de la Escuela de Agricultura y Ganadería:

 

Perfil y Funciones:

 

PERFIL DEL CARGO DE VICEDIRECTOR ACADEMICO

 

1.       Tiene a su cargo la orientación, coordinación, supervisión y evaluación del desarrollo específico de los planes de estudio como así también las actividades educativas complementarias y/o de integración cultural.

 

2.       Sustituye al Director y conforman con él, el equipo directivo que posibilita la atención y distribución de la multiplicidad de tareas que la Dirección de una escuela implica.

 

3.       Observación de clases y elaboración de informes periódicos en las diferentes áreas.

 

4.       Supervisa las tareas de los Auxiliares de Docencia.

 

5.       Cuida el orden, la disciplina y el normal desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje en un clima de alta colaboración y armonía.

 

6.       Controla la asistencia del personal y alumnos.

 

7.       Confecciona los horarios de clases teóricas y prácticas de las asignaturas, módulos  talleres en forma integrada.

 

8.       Controla las actividades propias del régimen de calificaciones, promociones e ingreso de los alumnos de conformidad con la reglamentación vigente.

 

9.       Establece relaciones fluidas con los padres y/o tutores de los alumnos.

 

PERFIL EL CARGO DE VICEDIRECTOR TÉCNICO

 

1.       Sustituye al Director y conforman con él, el equipo directivo que posibilita la atención y distribución de la multiplicidad de tareas que la Dirección de una escuela implica.

 

2.       Coordina el desarrollo de las asignaturas, talleres, laboratorios, módulos que integran el TTP Agropecuario, desde la planificación de actividades programáticas,    extraprogramáticas didácticas y didáctico - productivas.

 

3.       Coordina y controla el desempeño de los ayudantes de docencia, de los laboratorios y de los Módulos Didáctico - Productivos.

 

4.       Supervisa las tareas de los auxiliares de docencia.

 

5.       Cuida el orden, la disciplina y el normal desarrollo del proceso de enseñanza - aprendizaje en un clima de alta colaboración y armonía.

 

6.       Controla la asistencia del personal y alumnos.

 

7.       Confecciona los horarios de clases teóricas y prácticas de las asignaturas, módulos y talleres en forma integrada.

 

8.       Controla las actividades propias del régimen de calificaciones  promociones e ingreso de los alumnos de conformidad con la reglamentación vigente.

 

9.       Establece relaciones fluidas con los padres y/o tutores de los alumnos.

 

10.   Realiza la observación de clases y elaboración de informes periódicos inherentes al área técnico - agropecuaria.

 

11.   Realiza la coordinación general junto al Director del proyecto Productivo Anual de la Escuela de Agricultura y Ganadería.

 

ARTICULO 4º).- Derogar las Res. CSU-749/99 y CSU-819/99.

 

ARTICULO 5º).- Pase A La Secretaría General Académica, al CEMS  y por su intermedio, a la Escuela de Agricultura y Ganadería. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO