PEUZO

DESIGNACION DOCENTES AUXILIARES

(1ER. CUATRIMESTRE 2002)

Resolución CSU-47/02

Expediente SGRIyEU-2237/01

BAHIA BLANCA, 1 de marzo de 2002.

VISTO:

La Resolución CSU-654/01 por la que se establece la modalidad de implementación del PEUZO, en las ciudades de Tres Arroyos, Pigüe, Carmen de Patagones, General La Madrid, Pellegrini, Salliqueló y Punta Alta para el primer cuatrimestre de 2002; y

CONSIDERANDO:

Que para las asignaturas que cuenten con más de diez alumnos, y siempre que el profesor responsable de la materia lo considere conveniente, se hace necesario designar docentes auxiliares para las respectivas clases prácticas;

Que a fin de contribuir a la formación de recursos humanos en las localidades de la zona en donde se desarrolla el Programa PEUZO, es conveniente priorizar la designación de docentes residentes en dichas localidades;

Que los fondos necesarios provienen de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires en el marzo del convenio firmado entre esa Dirección, la Universidad Nacional del Sur y el Corredor Productivo del Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 27 de febrero de 2002 aprobó el proyecto de su Comisión de Planeamiento;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Los respectivos Departamentos Académicos tendrán a su cargo la designación de docentes auxiliares para las asignaturas que se dicten en el marco del PEUZO durante el 1º cuatrimestre de 2002, según se indica en el Anexo I de la presente Resolución.

ARTICULO 2º).- La selección se deberá realizar en primer término entre los profesionales de las respectivas localidades, mediante llamados a inscripción. Las vacantes que no puedan cubrirse de esta modo, se llamarán a inscripción en la sede principal de la UNS de acuerdo con la reglamentación correspondiente.

ARTICULO 3º).- Los docentes auxiliares se deberán designar desde el 11 de marzo hasta el 12 de julio de 2002, a excepción de aquellos que participen en el dictado del curso de nivelación de matemática para los cuales la designación se deberá realizar a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución.

ARTICULO 4º).- Los auxiliares de docencia percibirán una asignación complementaria bruta total, que ya incluye el sueldo anual complementario (S.A.C.), según se detalla en el Anexo I de la presente.

ARTICULO 5º).- La asignación correspondiente al dictado completo de la asignatura se efectuará en un solo pago al final del cuatrimestre.

ARTICULO 6º). Los pagos previstos se efectuarán en Pesos ($) o su equivalente en Títulos de Deuda Pública.

ARTICULO 7º).- La erogación que demande la ejecución de esta resolución será financiada por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Convenio firmado entre esa Dirección, la Universidad Nacional del Sur y el Corredor Productivo del Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 8º).- Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, a las Direcciones de Economía y Finanzas y de Personal, a sus efectos y a la Secretaría General Académica y a la Dirección Gral. de Alumnos y Estudios para su conocimiento. Tomen razón los Departamentos de Matemática, Derecho, Ciencias de la Administración, Humanidades, Geografía, Economía, Ciencias de la Computación, Química, Ingeniería Química, Ingeniería y Agronomía. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

NOTA: Esta resolución se publica sin Anexos.