CEMS /
REGLAMENTO DE CONCURSOS PROVISION HS. CATEDRA Y CARGOS TITULARES
(Mod.
CSU-477/01)
Resolución CSU-47/03
Expediente CEMS-2761/02
BAHIA BLANCA, 7 de
marzo de 2003
VISTO:
La Res.CEMS-545/02 por la cual el
Consejo de Enseñanza Media y Superior solicita la reglamentación de aspectos
específicos del Reglamento de Concursos para la provisión de
horas cátedra y cargos titulares de los establecimientos dependientes del CEMS;
y
CONSIDERANDO:
Que corresponde modificar la
Res.CSU-477/01 que aprueba el Reglamento de Concursos para la provisión de
horas cátedra y cargos titulares de los establecimientos dependientes del CEMS,
incorporando los anexos II y III;
Que el art. 18º de la citada
resolución hace mención a dichos anexos;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su sesión del 26 de febrero de 2003 lo aconsejado por
su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;
POR ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S
U E L V E :
ARTICULO 1º).-
Modificar la Res.CSU-477/01 incorporando a la misma
los Anexos II y III que comprenden los siguientes aspectos específicos:
▪
Aspectos
Específicos de las horas cátedra de los niveles EGB 3º ciclo, Polomodal Y
Terciario de las Escuelas Medias de la UNS (Anexo II)
▪
Aspectos
específicos de la reglamentación de concursos correspondientes al cargo de
Maestro Coordinador del 3er. Ciclo de la Escuela de EGB (Anexo III).
ARTICULO 2º).-
Pase a la Secretaría General Académica, al CEMS y por su intermedio a los
establecimientos dependientes. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
ANEXO
II de la Resol.CSU-477/01
ASPECTOS
ESPECÍFICOS DE LA REGLAMENTACIÓN DE CONCURSOS CORRESPONDIENTES A LAS HORAS
CÁTEDRA DE LOS NIVELES EGB 3° CICLO, POLIMODAL Y TERCIARIO DE LAS ESCUELAS
MEDIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR.
REQUISITOS DE LOS
ASPIRANTES:
Cumplir con las condiciones según
las normativas vigentes en la Res. CSU-585/02 (Manual de Evaluación para la
Cobertura de Interinatos y Suplencias).
El
Jurado será integrado del siguiente modo:
a)
Una
Junta Evaluadora integrada de acuerdo
con la Resol.CU-197/96, quien tendrá a su cargo la asignación de puntaje a los
títulos y antecedentes de los concursantes.(Según Art.18° de la
Resol.CSU-477/01)
La asignación de puntaje
a los títulos y antecedentes de los concursantes se hará de acuerdo a las
normativas vigentes en la Resol. CSU-585/02 (Manual de Evaluación para la
Cobertura de Interinatos y Suplencias).
Se tendrán en cuenta las
publicaciones docentes, científicas, técnicas y de divulgación, los cursos,
seminarios, cursillos y toda otra actividad de capacitación que guarden
relación con la función concursada, realizadas en los diez años anteriores al
1° de enero del año de apertura de la inscripción. (Art.6° inc. 8 y 9 de la
Resol.CSU-477/01).
La suma total de los
puntajes asignados por la Junta Evaluadora no excederá los 100 (cien) puntos.
b)
El Tribunal será integrado del
siguiente modo:
1)
Un Profesor
Especialista en la disciplina que se concursa propuesto por el Departamento más
afín de la Universidad Nacional del Sur, sorteado de una terna propuesta por su
Consejo Departamental.
2)
El
Coordinador de Materias Afines de las E.M.U.N.S. y en caso de no estar cubierto
el cargo, por un Profesor titular de área objeto del concurso, sorteado de una
terna propuesta por el C.E.M.S.
3)
El Rector – Director de la Escuela, en los
casos de la Escuela Normal Superior y la Escuela Superior de Comercio y el
Director de la Escuela en los casos de la Escuela de Educación General Básica
3er. Ciclo y la Escuela de Agricultura y Ganadería.
Los suplentes de los dos primeros serán
los restantes miembros de cada terna, en el orden de que resultaren sorteados,
mientras que al tercero lo suplirá el Vice – Rector / Vice – Director de la
Escuela.
1. La
Prueba de Oposición es un
instrumento valioso para completar el juicio sobre la competencia académica y
docente de los postulantes:
Consistirá
en:
a) El dictado de una clase pública
El Tribunal propondrá 6 (seis) temas del programa
en vigencia del Espacio Curricular por concursar, que serán dados a conocer a
los aspirantes con una antelación de 72
(setenta y dos) horas, en días hábiles.
Cada miembro titular del Tribunal
presentará a la Secretaría del CEMS dos sobres, cada uno de los cuales
contendrá un tema extraído del programa vigente del Espacio Curricular
concursado. Los sobres serán numerados por el Secretario.
De entre esos 6 (seis) temas se sorteará el tema a desarrollar, único para todos los aspirantes, 48 (cuarenta y ocho) hs., en días hábiles, anteriores a la fecha fijada para la clase. También se sorteará el orden en que los concursantes dictarán la clase, lo que quedará consignado en acta. La clase versará sobre el tema sorteado en la instancia a) y tendrá una duración que no exceda los 45 (cuarenta y cinco) minutos.
El Tribunal no interrumpirá el desarrollo
de la exposición; podrá, una vez concluida la clase, entablar un diálogo con el
postulante, formulando las preguntas y apreciaciones que estime pertinentes.
Los restantes concursantes no podrán
asistir a la clase.
El CEMS difundirá convenientemente, día,
hora y lugar de la clase pública que deberá ser en el Establecimiento
respectivo y podrá contar con la presencia de alumnos del año escolar
correspondiente al Espacio Curricular concursado.
b) Una
entrevista con el Tribunal
En la entrevista, posterior a la
clase pública, el postulante presentará al Tribunal la elaboración y
fundamentación de un Programa y Planificación del espacio Curricular al que
aspira. Justificará además, la selección bibliográfica.
·
Cada
instancia (a y b) será calificada por el Tribunal hasta con 50 (cincuenta)
puntos. El cómputo definitivo será el resultado de la suma de los puntajes
obtenidos en cada una de las instancias, siendo el total de 100 (cien) puntos
·
Quedará
eliminado del orden de mérito, por no reunir las condiciones mínimas exigibles
para el cargo, el aspirante que no alcanzara como mínimo 25 (veinticinco)
puntos en alguna de las instancias.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
III de la Resol.CSU-477/01
ASPECTOS
ESPECÍFICOS DE LA REGLAMENTACIÓN DE CONCURSOS CORRESPONDIENTES AL CARGO DE
MAESTRO COORDINADOR DEL 3er. CICLO DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA.
REQUISITOS DE LOS
ASPIRANTES:
Cumplir
con las condiciones según las normativas vigentes en la Resol. CSU-585/02
(Manual de Evaluación para la Cobertura de Interinatos y Suplencias).
1- El Jurado será integrado del siguiente modo:
a)
Una Junta Evaluadora integrada de acuerdo con
la Resol.CU-197/96, quien tendrá a su cargo la asignación de puntaje a los títulos
y antecedentes de los concursantes (según Art.18° de la Resol.CSU-477/01)
La asignación de puntaje
a los títulos y antecedentes de los concursantes se hará de acuerdo a las
normativas vigentes en la Resol. CSU-585/02 (Manual de Evaluación para la Cobertura
de Interinatos y Suplencias).
Se tendrán en cuenta las
publicaciones docentes, científicas, técnicas y de divulgación, los cursos,
seminarios, cursillos y toda otra actividad de capacitación que guarden
relación con la función concursada, realizadas en los diez años anteriores al
1° de enero del año de apertura de la inscripción. (Art.6° inc. 8 y 9 de la
Resol.CSU-477/01).
La suma total de los
puntajes asignados por la Junta Evaluadora no excederá los 100 (cien) puntos.
b)
El Tribunal será integrado del
siguiente modo:
4)
El Director
de la Escuela de Educación General Básica de la UNS.
5)
El
Coordinador del Departamento de Orientación Escolar y en su defecto personal
técnico de dicho departamento, sorteado de una terna propuesta por el C.E.M.S.
6)
Un Profesor
del Nivel terciario de la Escuela Normal Superior del área Psicología
Educacional, sorteado de una terna propuesta por el C.E.M.S.
Los suplentes del segundo y tercer caso
serán los restantes miembros de cada terna, en el orden de que resultaren sorteados,
mientras que al primero lo suplirá el Vice – Director de la Escuela.
I.
La presentación escrita
de un proyecto anual de coordinación y tutoría entregada al momento del cierre
de la inscripción.
Cada postulante presentará
3 (tres) ejemplares del trabajo escrito.
II.
Una entrevista que el postulante mantendrá con el
Tribunal en la cual se evaluará:
a) el conocimiento de los fundamentos del
P.E.I. de la Escuela de Educación General Básica.
b) las líneas de acción previstas para
gestionar el proyecto en el cargo que concursa.
c)
el
conocimiento de la normativa básica vigente para el tercer ciclo de la Escuela
de Educación General Básica.
·
Cada
instancia (I y II) será calificada por el Tribunal hasta con 75 (setenta y
cinco) puntos. El cómputo definitivo será el resultado de la suma de los
puntajes obtenidos en cada una de las instancias. Siendo el total de 150
(ciento cincuenta) puntos.
·
Quedará
eliminado del orden de mérito, por no reunir las condiciones mínimas exigibles
para el cargo, el aspirante que no alcanzara como mínimo 35 (treinta y cinco)
puntos en alguna de las instancias.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO