PRESUPUESTO / DISTRIBUCION

MONTOS DPTOS. ACADÉMICOS SUBSIDIOS PGI

 

Resolución CSU-481/05

Expediente 2125/04

 

BAHIA BLANCA, 30 de junio de 2005

            VISTO:

            La Resolución CSU-782/00 que establece la forma de distribución de los fondos destinados a subsidios a Proyectos de Grupos de Investigación entre los Departamentos Académicos para el año 2005; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que los Departamentos Académicos presentaron oportunamente la información correspondiente  a su producción científico-tecnológica para el año 2003;

 

            Que el Consejo Asesor de Investigación de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología (CAICYT) procedió a la evaluación y cuantificación de la mencionada información

 

            Que la Secretaría General de Ciencia y Tecnología calculó el porcentaje correspondiente a cada Departamento Académico, según los indicadores establecidos en la Resolución CSU-782/00;

 

            Que es necesario dar a conocimiento de los Departamentos Académicos los montos de los que dispondrán para otorgar  como subsidios;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del día 29 de junio de 2005, lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).-  Establecer los siguientes montos a otorgar por los Departamentos Académicos como subsidios a Proyectos de Grupos de Investigación, en el marco de la ejecución del Presupuesto de la Finalidad Ciencia y Técnica asignado a la U.N.S.:

 

 

DEPARTAMENTO

TOTAL

($)

AGRONOMIA

84006

 

BIOLOGÍA, BIOQUÍM. FA

104702

 

CS. DE LA ADMINISTR.

9722

 

CS. E ING. DE LA COMP

43736

 

DERECHO

15889

 

ECONOMIA

40615

 

FÍSICA

47325

 

GEOGRAFIA Y TURISMO

50289

 

GEOLOGÍA

55856

 

HUMANIDADES

72990

 

INGENIERIA

44615

 

ING. ELECTRICA Y COMP.

60125

 

ING. QUÍMICA

101011

 

MATEMÁTICA

44327

 

QUÍMICA

74792

 

TOTALES

850000

 

 

ARTICULO 2º).- La asignación de los subsidios correspondientes a cada Proyecto de Grupo de Investigación será realizada por el Consejo Superior Universitario a propuesta de los Departamentos Académicos.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su comunicación a los Departamentos Académicos y demás efectos. Tome razón la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

 

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO