PASANTIAS EDUCATIVAS

REGLAMENTACIÓN / MODIF. DEL  MODELO DE CONVENIO MARCO (RES.CSU-250/00)

 

Resolución CSU-484/03

Expediente CSU-1893/00

 

BAHIA BLANCA, 29 de agosto de 2003.

 

            VISTO:

            El convenio Marco de Pasantías del Anexo I de la Res. CSU-250/00 y lo dispuesto por el Decreto 1227/01 en sus arts. 3º y 7º; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el Convenio Marco de Pasantías aprobado por la Resolución CSU-250/00 debe ajustarse a las prescripciones del Dec. 1227/01;

 

            Que resulta razonable y conveniente que el plazo máximo de la pasantía no supere el plazo anual de vigencia del Convenio Marco de Pasantías;

 

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 13 de agosto de 2003, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Reemplazar la cláusula tercera del Convenio Marco de Pasantías (Anexo I de la Res.CSU-250/00, modificado por Res. CSU-515/00 y Res. CSU-734/99) por el siguiente texto: “Las pasantías se extenderán por un plazo máximo de un (1) año y un mínimo de dos (2) meses, pudiendo ser renovadas hasta cumplirse el máximo legal. La actividad semanal del pasante no deberá ser superior a cinco (5) días, en cuyo transcurso cumplirá jornadas de hasta seis (6) horas.”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese a los Departamentos Académicos. Tome razón la Secretaría de Asuntos Estudiantiles. Dése al Boletín Oficial para su publicación y redacción de un texto ordenado del Convenio Marco de Pasantía, el que será agregado a este expediente. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO