PASANTIAS EDUCATIVAS
REGLAMENTACIÓN / MODIF. DEL MODELO DE CONVENIO MARCO (RES.CSU-250/00)
Resolución
CSU-484/03
Expediente CSU-1893/00
BAHIA BLANCA, 29 de agosto de 2003.
VISTO:
El
convenio Marco de Pasantías del Anexo I de la Res. CSU-250/00 y lo dispuesto
por el Decreto 1227/01 en sus arts. 3º y 7º; y
CONSIDERANDO:
Que
el Convenio Marco de Pasantías aprobado por la Resolución CSU-250/00 debe
ajustarse a las prescripciones del Dec. 1227/01;
Que
resulta razonable y conveniente que el plazo máximo de la pasantía no supere el
plazo anual de vigencia del Convenio Marco de Pasantías;
Que
el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 13 de agosto de 2003,
aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E
L V E :
ARTICULO 1º).- Reemplazar la
cláusula tercera del Convenio Marco de Pasantías (Anexo I de la Res.CSU-250/00,
modificado por Res. CSU-515/00 y Res. CSU-734/99) por el siguiente texto: “Las
pasantías se extenderán por un plazo máximo de un (1) año y un mínimo de dos
(2) meses, pudiendo ser renovadas hasta cumplirse el máximo legal. La actividad
semanal del pasante no deberá ser superior a cinco (5) días, en cuyo transcurso
cumplirá jornadas de hasta seis (6) horas.”
ARTICULO 2º).- Pase a la
Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese a los
Departamentos Académicos. Tome razón la Secretaría de Asuntos Estudiantiles.
Dése al Boletín Oficial para su publicación y redacción de un texto ordenado
del Convenio Marco de Pasantía, el que será agregado a este expediente.
Cumplido, archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO