ORGANOS COLEGIADOS

COMIENZO DE SESIONES (DEROGA CU-34/92)

 

 

Resolución CSU-486/03

Expediente AU-164/91.

 

BAHIA BLANCA, 29 de agosto de 2003.

 

            VISTO:

            El Artículo  52º del Estatuto de la UNS que establece la duración de los mandatos de los integrantes del Consejo Superior Universitario;

           

            El Artículo 43º del Estatuto de la UNS mediante el que se fijan las posibles fechas para la convocatoria a Reunión Ordinaria anual de la Asamblea Universitaria;

 

            La Res. CU-34/92 mediante la cual se ordena que las respectivas reuniones constitutivas de los Consejos Superior Universitario y Departamentales deben realizarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la Reunión Ordinaria de la Asamblea Universitaria; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que dicha resolución se basó en la recomendación efectuada por la Asamblea mediante Res. AU-16/91, la cual fue motivada -por una parte-, en que el Estatuto no preveía la duración de los mandatos de los Consejeros Departamentales y, por otra, en que no parecía adecuado que los Consejos Universitarios y Departamentales continuaran sesionando con la composición anterior, con posterioridad a la sesión ordinaria de la Asamblea Universitaria con su integración renovada en los mismos comicios, ni que se constituyeran con anterioridad;

 

            Que una norma de menor jerarquía no puede resultar contradictoria respecto de una de mayor rango normativo, como es el Estatuto de la UNS;

 

            Que si bien la Res. CU-34/93 tenía como objetivo organizar el comienzo de la actividad de los diferentes órganos colegiados de gobierno, éstos pueden comenzar su actividad en diferentes momentos y no tienen que coincidir necesariamente;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó el proyecto, en sesión extraordinaria de fecha 19 de agosto de 2003;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Derogar la Resolución CU-34/92.

 

ARTICULO 2º).- Agréguese copia al Expediente CU-1132/86. Comuníquese a la Asamblea Universitaria y a los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO