CUBB / UNS - REGLAMENTO USO
INSTALACIONES CASONA - (ORG. ADM. UBIC. DEPENDENCIAS) (RECTIFICA ART. 6º Res. CSU-161/08)
Resolución
CSU-495/08
Expte.
3622/07 agregado a 4825/68, 422/79 y 1127/95
BAHIA
BLANCA, 21 de julio de 2008.
VISTO:
La Res. CSU-161/08 que en su
artículo 6º dispone la presentación de un Reglamento de Condiciones Generales
de Uso de Instalaciones de la Casona; y
CONSIDERANDO:
Que las Secretarías Generales de
Bienestar Universitario y de Cultura y Extensión Universitaria informan en su
nota de fecha 17 de junio del corriente que aún no se conformaron los pliegos
licitatorios para la concesión de la planta alta;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 16 de julio de 2008, lo
aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Rectificar el artículo 6º de la Res. CSU-161/08
que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO
6º).- Encomendar, además, a las Secretarías Generales mencionadas en el
artículo anterior, que elaboren y presenten al Consejo Superior Universitario,
en el término de 30 (treinta) días corridos antes del comienzo del uso de las
instalaciones, un proyecto de Reglamento de Condiciones Generales de Uso de las
Instalaciones de la Planta Alta del edificio.”
ARTICULO
2º).- Pase a las Secretarías Generales de Bienestar Universitario y de Cultura
y Extensión Universitaria a sus efectos. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE
CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO