CUBB / UNS - REGLAMENTO USO INSTALACIONES CASONA - (ORG. ADM. UBIC. DEPENDENCIAS)  (RECTIFICA ART. 6º Res. CSU-161/08)

 

Resolución CSU-495/08

Expte. 3622/07 agregado a 4825/68, 422/79 y 1127/95

 

BAHIA BLANCA, 21 de julio de 2008.

 

            VISTO:

            La Res. CSU-161/08 que en su artículo 6º dispone la presentación de un Reglamento de Condiciones Generales de Uso de Instalaciones de la Casona; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que las Secretarías Generales de Bienestar Universitario y de Cultura y Extensión Universitaria informan en su nota de fecha 17 de junio del corriente que aún no se conformaron los pliegos licitatorios para la concesión de la planta alta;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 16 de julio de 2008, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Rectificar el artículo 6º de la Res. CSU-161/08 que quedará redactado de la siguiente forma:

 

“ARTÍCULO 6º).- Encomendar, además, a las Secretarías Generales mencionadas en el artículo anterior, que elaboren y presenten al Consejo Superior Universitario, en el término de 30 (treinta) días corridos antes del comienzo del uso de las instalaciones, un proyecto de Reglamento de Condiciones Generales de Uso de las Instalaciones de la Planta Alta del edificio.”

 

ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales de Bienestar Universitario y de Cultura y Extensión Universitaria a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO