PLAN DE ESTUDIOS
NVO. LIC. EN ECONOMIA
PERFIL Y ALCANCES
Resolución
CSU-496/17.
Expediente
1962/17.
BAHIA BLANCA, 24 de agosto de 2017.
VISTO:
La
resolución CDE-305/17 mediante la que el consejo Departamental de Economía
solicita la aprobación del nuevo Plan de Estudios de la carrera Licenciatura en
Economía; y
CONSIDERANDO:
Que la
Comisión Curricular del Departamento de Economía ha presentado una propuesta
con el nuevo Plan de Estudios de la carrera al Consejo Departamental;
Que en el
último plan de estudio de las carreras Licenciatura en Administración y
Contador Público se ha dejado sin efecto la implementación de los “Ciclos
generales de conocimientos Básicos en las carreras de Ciencias Económicas”;
Que para
la elaboración de la propuesta definitiva se han tenido en cuenta las opiniones
de profesores, docentes auxiliares y alumnos de la carrera, de los expertos
convocados a tal efecto como así también los resultados que surgen de las
encuestas realizadas a referentes y especialistas de la disciplina, empresarios
locales y exalumnos;
Que han
sido consultados los Departamentos Académicos que prestan servicios a esta
carrera y se ven afectados por los cambios que implementarían;
Que se han
contemplado las incumbencias establecidas por la Ley Nacional Nº 20488 que rige
el ejercicio profesional a nivel nacional (Art. 11º) y la Ley Nº 10620 y las
modificaciones introducidas por las
Leyes Nº 11785 y Nº 13750 que rigen las competencias profesionales de Lic. en Economía en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires
(art. 10º);
Que la
propuesta cumple con la extensión y carga horaria mínima que deben contemplar
los planes de estudios para calificar como carrera de grado universitario
conforme a la disposición 01/10 de la Dirección Nacional de gestión
Universitaria del Ministerio de Educación;
Que consta
el informe de la Dirección de Gestión Administrativa Curricular mediante el
cual se informa que se han realizado los controles pertinentes a la resolución
CDE-305/17;
Que el
consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas en su reunión de fecha 23 de
agosto de 2017 lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1º).- Aprobar el Nuevo Plan de Estudios de la
carrera “Licenciatura en Economía” según Anexo I, II y III de la presente
resolución.
ARTICULO 2º).- Establecer que el presente plan de estudios
entra en vigencia a partir del primer cuatrimestre de 2018, por excepción a lo
establecido en la normativa vigente (Resolución CSU-101/06).
ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaria General Académica y a
la Dirección General de Gestión Académica a sus efectos. Gírese al Departamento
de Economía. Cumplido, archívese.
MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI VICERRECTORA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
MG. MIGUEL ADURIZ
SECRETARIO GENERAL TECNICO
UNIVERISDAD NACIONAL DEL SUR
A/C CSU
NOTA: Por razones de
espacio, sólo se publica el Anexo I de la presente resolución
ANEXO I
Perfil del Egresado
El departamento de Economía
de la UNS se propone formar un LICENCIADO EN ECONOMIA con un perfil profesional amplio que
satisfaga los siguientes requerimientos:
·
Sea capaz de
desempeñarse en un contexto económico-social complejo, caracterizado por una
creciente globalización.
·
Posea una
sólida formación de base., como así también en las disciplinas de su profesión
para poder resolver los problemas profesionales básicos, más generales y
frecuentes de su incumbencia.
·
Esté
sólidamente capacitado y motivado para acceder a estudios de postgrado.
·
Posea aptitud
para investigar en el área de su especialidad.
·
Posea
capacidad para expresarse con claridad, tanto en la comunicación oral como
escrita, en sus relaciones con terceros y en la emisión de sus informes.
·
Acredite una
efectiva comprensión en idioma inglés.
·
Posea
capacidad para analizar y avaluar con rigor los procesos vinculados a la
realidad económica, social y política de nuestros días.
·
Posea idoneidad para
desarrollar criterios propios, en un medio de incertidumbre, basados en la investigación,
la creatividad e innovación, que le permita participar activamente en
las transformaciones de la sociedad.
·
Tenga
idoneidad y predisposición para integrar equipos de trabajo
multidisciplinarios.
·
Asuma el
compromiso ético de trabajar al servicio de la sociedad.
El Licenciado en Economía
de la UNS deberá ser un graduado capaz de desempeñarse con idoneidad y eficacia
en el campo profesional según lo legislado a nivel nacional por la Ley por la
Ley Nº 20.488 y a nivel provincial por la Ley Nº 10.620.
ALCANCES DEL TÍTULO Y CAMPO PROFESIOAL DEL
LICENCIADO EN ECONOMIA SEGÚN LA NORMATIVA VIGENTE.
Las incumbencias
profesionales de los graduados en Ciencias Económicas se encuentran legisladas
por la Ley Nacional Nº 20.488 y por la Ley Nº 10620 de la Provincia de Buenos
Aires.
A continuación se
trascriben las incumbencias profesionales correspondientes al título de Lic. en Economía :
Ley Nº 20.488
Art. 11º - Se requerirá
título de Licenciado en Economía o equivalente:
a) Para todo dictamen destinado a ser presentado a
autoridades judiciales , administrativas o a hacer fe pública relacionado con
el asesoramiento económico y financiero
para:
1.
Estudios de
mercado y proyecciones de oferta y demanda sin perjuicio de la actuación de
graduados de otras disciplinas en las áreas de su competencia.
2.
Evaluación
económica de proyectos de inversiones sin perjuicio de la actuación de
graduados de otras disciplinas en las áreas de su competencia.
3.
Análisis de
coyuntura global, sectorial y regional.
4.
Análisis del
mercado externo y del comercio internacional.-
5.
Análisis
macroeconómico de los mercados cambiarios de valores y de capitales.
6.
Estudios de
programas de desarrollo económico global, sectorial y regional.
7.
Realización e
interpretación de estudios econométricos.
8.
Análisis de
la situación, actividad y política monetaria, crediticia, cambiaria, fiscal y
salarial,
9.
Estudios y
proyectos de promoción industrial , minera,
agropecuaria, comercial, energética, de transportes y de infraestructura en sus
aspectos económicos.
10.
Análisis económico
del planeamiento de recursos humanos y evaluación económica de proyectos y
programas atinentes a estos recursos.
11.
Análisis de
la política industrial, minera, energética, agropecuaria, comercial, de
transportes y de infraestructura en sus
aspectos económicos.
12.
Estudios a
nivel global, sectorial y regional sobre problemas de comercialización,
localización y estructura competitiva de mercados distribuidores, inclusive la
formación de precios.
13.
Toda otra
cuestión relacionada con economía y finanzas con referencia a las funciones que
le son propias de acuerdo con el presente artículo.
b) Como perito en su materia en todos los fueros, en
el orden judicial.
Ley Nº 10620.
Art. 10º: Se requerirá
título de licenciado en economía:
a) En materia extrajudicial, cuando los informes,
dictámenes y certificaciones estén destinados a ser presentados ante los
poderes públicos, entidades públicas, mixtas o privadas y ante particulares o a
su difusión pública y sean consecuencia de las siguientes actividades:
1.
Estudios y
programas de desarrollo económico global, sectorial y regional;
2.
Análisis
histórico de los indicadores económicos, tanto en su comportamiento individual
como en su interrelación conjunta;
3.
Análisis de
coyuntura global, sectorial y regional.
4.
Análisis del
mercado externo y del comercio internacional, incluyendo temas como
constitución de empresas conjuntas entre dos o más países, transferencias de
tecnologías, estudio de precios y costos de exportación de bienes y servicios
destinados a la importación y/o exportación, transitorias o no; concreción de
dichos negocios en el exterior ante organismos competentes, sin perjuicio de la
actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de
su competencia.
5.
Análisis de
los mercados cambiario, de valores y de capital;
6.
Análisis de
la situación, actividad y política monetaria, crediticia, cambiaria, fiscal y
salarial;
7.
Estudio de
mercado y proyecciones de oferta y
demanda, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias
económicas en las áreas de su competencia;
8.
Estudios
económicos de empresas privadas o públicas, cuando sean requeridos por los
entes otorgantes para solicitar créditos, subvenciones y/o públicas, cuando
sean requeridos por los entes otorgantes para solicitar créditos, subvenciones
y/o exenciones impositivas
9.
Estudios y
proyectos de promoción industrial, minera, agropecuaria, comercial, energética,
de transporte y de infraestructura, en sus aspectos económicos.
10.
Análisis
económico de planeamiento de recursos humanos y evaluación económica de
proyectos y programas atinentes a estos recursos;
11.
Análisis
económico de la política industrial, minera, energética, agropecuaria,
comercial, de transporte y de infraestructura;
12.
Estudio a
nivel global, sectorial y regional, sobre problemas de comercialización,
localización y estructura competitiva y de mercados distribuidores, inclusive
la formación de precios, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros
graduados en ciencias económicas en las áreas de competencia;
13.
Análisis de
los recursos y factores de producción;
14.
Evaluación y
estudio de factibilidad en los aspectos económicos y financieros para proyectos
de inversión y radicación de capitales, sin perjuicio de la actuación conjunta
con otros graduados en ciencias
económicas en las áreas de su competencia;
15.
Elaboración
de proyectos de urbanización, remodelación, planeamiento urbano y regional en
lo atinente a su aspecto económico-financiero, sin perjuicio de la actuación
conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su
competencia;
16.
Realización
del estudio y determinación del salario real en lo referente a relaciones
económicas entre los sectores patronales y obreros, ya sean éstos de índole
pública o privada.
17.
Elaboración y
análisis de presupuestos en entes públicos en sus aspectos económicos, sin
perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas
en las áreas de su competencia.
18.
Planeamiento
económico-financiero de sistemas de seguridad social, sin perjuicio de la
actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
19.
Intervención
en la elaboración de políticas
tributarias en las jurisdicciones nacionales, provinciales y
municipales, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias
económicas en las áreas de su competencia.
20.
Evaluación de los efectos de la legislación fiscal,
nacional, provincial y municipal sobre la situación económico-financiera y
patrimonial de las empresas y otros
entes, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias
económicas en las áreas de su competencia;
21.
Recopilación,
procesamiento y análisis de información tendiente a la realización e
interpretación de estudios econométricos;
22.
Elaboración
de estudios económico-financieros con motivo de la actuación en acuerdos preconcursales;
23.
Actuación
como árbitro en materias de su competencia;
b) En materia judicial:
1. Como perito en su materia en todos los fueros;
2. Como consultor técnico a propuesta de partes, en
su materia, en todos los fueros;
c) En relación de dependencia, permanente o
transitoria, en entidades públicas, privadas o mixtas, cualquiera fuere la
naturaleza jurídica de las mismas,
cuando se requiera la suscripción de informes científicos o técnicos o en los
casos de ocupación de cualquier cargo referido a las actividades previstas en
el inciso a) del presente artículo.
MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI VICERRECTORA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
MG. MIGUEL ADURIZ
SECRETARIO GENERAL TECNICO
UNIVERISDAD NACIONAL DEL SUR
A/C CSU