TIPIFICACION DE ASIGNATURAS

CRITERIOS DE DISTRIBUCION PRESUPUESTARIA

Resolución CSU-497/02

Expediente CU-1754/96

VISTO:

La necesidad de establecer criterios de distribución tanto de cargos docentes como de fondos para erogaciones corrientes; y

CONSIDERANDO:

Que los diferentes modelos que pueden elegirse para dicha distribución están basados en la tipificación de las asignaturas;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 14 de agosto de 2002, lo aconsejado por su Comisión de Planeamiento;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Solicitar a los Departamentos Académicos que clasifiquen las asignaturas de las que son responsables de acuerdo con lo indicado en el Anexo I de la presente, completando la tabla que se incluye en el mismo.

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio a los Departamentos Académicos. Cumplido, vuelva.-

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

A N E X O I

TIPIFICACION DE ASIGNATURAS

En relación con los gastos corrientes de funcionamiento:

TIPO 1.- Asignaturas con prácticas de laboratorio o campo durante todo su desarrollo, en las que se utilizan equipos y/o instrumental individual, y materiales y/o suministros que se consumen en la realización de la práctica (productos químicos, metales, material de vidrio o plástico, circuitos, combustible, etc.)

TIPO 2.- Asignaturas con prácticas de laboratorio o campo durante todo su desarrollo en las que se utilizan equipos y/o instrumental individual y donde los bienes de consumo se destinan principalmente a la actualización, conservación y reparación de dichos equipos e instrumentos.

TIPO 3.- Asignaturas con prácticas que utilizan ocasionalmente equipos o instrumental individual, o que tienen menor necesidad de insumos que las del tipo 1 y 2.

TIPO 4.- Asignaturas cuyas prácticas consisten en la resolución de modelos teóricos (matemática, contabilidad, etc.) o en análisis de casos como simulación de la realidad (derecho, administración, disciplinas de las ciencias sociales, etc.)

En los tipos 1 y 2 deberá indicarse los insumos utilizados, mediante los códigos (3 dígitos) del Clasificador por Objeto del Gasto del Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional.

(http: //capacitacion.mecon.gov.ar / manuales.htm)

En relación con las necesidades de personal docente auxiliar

TIPO A: Asignaturas con prácticas de laboratorio en el ámbito de la unidad académica o trabajos de campo. Requieren una atención personalizada del docente y una supervisión directa y permanente de la tarea del alumno, tanto por razones pedagógicas como por la sofisticación de los equipos o los riesgos involucrados.

TIPO B: Asignaturas en las que se realizan presentaciones colectivas de los problemas a analizar y se manejan hipótesis de solución válidas para el conjunto de la clase. Requieren supervisión global y atenciones individualizadas de los problemas o cuestiones planteadas por cada alumno.

TIPO C: Asignaturas eminentemente teóricas que requieren trabajos individuales o grupales con apoyo docente para consultas.

 

 

CODIGO

ASIGNATURA

CARRERA/s (1)

AÑO (2)

OBLIG/OPTAT

HORAS (3)

TIPO (4)

CODIGOS INSUMOS

xxxxx

Fundamentos de...............

xxxx Lic. en....

xxxx Lic. en...

xxxx Ing.......

xxxx ............

.....

obligatoria

obligatoria

obligatoria

...............

120

1 A

231, 251

171, 272

 

 

 

(1) Incluir el código

(2) Año de la carrera en la que está la asignatura, de acuerdo con el plan

(3) Horas totales de la asignatura.

(4) Incluir ambos tipos, por gastos de funcionamiento y por necesidad de docentes.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO