REGLAMENTO INTERNO DE ALUMNOS EXTRANJEROS /
INSTRUCTIVO ADMINISTRATIVO TRAMITES (DEROGA RES. CSU-723/10 y CSU-219/14) /
SISTEMA SIU GUARANI 3W MODALIDAD ALUMNO VOCACIONAL
Resolución CSU-497/16
Expte. 4503/09
BAHIA
BLANCA, 8 de setiembre de 2016
VISTO:
Las reglamentaciones aprobadas por las
resoluciones CSU-723/2010 (Reglamento interno para alumnos extranjeros que
cursan en la Universidad Nacional del Sur) y CSU- 219/2014 (Instructivo
administrativo para trámites de alumnos internacionales); y
CONSIDERANDO:
Que desde la fecha de implementación de los
instructivos que constan como anexos de dichas resoluciones se han detectado
puntos a mejorar;
Que existe una amplitud de requisitos que
conllevan la admisión, permanencia y egreso de esos alumnos;
Que es importante establecer plazos entre las
dependencias involucradas para el cumplimiento de cada uno de esos requisitos,
que garanticen la partida de esos alumnos a su Universidad de origen en tiempo
y forma;
Que la Subsecretaría de Relaciones
Internacionales (SSRRII) no tiene incumbencia en la esfera académica de los
estudiantes internacionales que realizan movilidad en la UNS;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó,
en su reunión del 7 de septiembre de 2016 lo aconsejado por su Comisión de
Enseñanza;
Que lo aprobado se enmarca en el Eje
Estratégico 2- Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico
Institucional aprobado por resolución CSU-32/12;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°: Incorporar a los alumnos provenientes de universidades del exterior en el
Sistema SIU Guaraní 3W bajo la modalidad de Alumno Vocacional, a partir del año
2014.
ARTÍCULO
2°: Derogar las resoluciones CSU-723/2010 y CSU-219/2014.
ARTÍCULO
3°: Aprobar el Reglamento interno para
alumnos extranjeros que cursan en la UNS y el Instructivo Administrativo para Trámites de Alumnos Internacionales,
que consta como Anexos I y II de la presente resolución.
ARTÍCULO
4°: Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio a la Dirección
General de Alumnos y Estudios. Gírese a la Secretaría General de Relaciones
Institucionales y Planeamiento y, por su intermedio a Subsecretaría de
Relaciones Internacionales. Comuníquese
a los Departamentos Académicos y a la Vicedirección
de Escuela Normal Superior "Vicente Fatone"
Cumplido, archívese.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO I
Resolución CSU 497/16
INSTRUCTIVO
ADMINISTRATIVO PARA TRÁMITE DE ALUMNOS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD
CARRERA
VOCACIONAL
ANTES DE LA
LLEGADA DEL ALUMNO INTERNACIONAL DE MOVILIDAD
La
Subsecretaría de Relaciones Internacionales (SSRRII) enviará al alumno
internacional y a su universidad de origen (UO) la información con los
requisitos para solicitar la admisión. El alumno deberá enviar por correo
electrónico a la SSRRII antes del 30 de noviembre de cada año para el 1°
semestre y antes del 15 de junio de cada año para el 2° semestre, la siguiente
documentación:
a)
Carta de solicitud de admisión del postulante donde indique la Unidad Académica
(UA) o carrera más a fin a su formación.
b)
Carta de solicitud de admisión del responsable de la UO.
c)
Formulario de solicitud de admisión para estudiantes internacionales,
incluyendo las fechas en que pretende hacer la movilidad. d) Certificación de
idioma español, si no viene de país hispanoparlante, según lo estipulado en el
inciso 5.
e)
Copia legible del pasaporte.
f)
Currículum vitae del postulante.
g)
Certificado de las materias aprobadas en el país de origen.
h)
Plan tentativo de actividades a realizar en la Universidad Nacional del Sur (se
deberán consignar explícitamente las asignaturas que pretende cursar).
Los
documentos enviados por el alumno serán remitidos por correo electrónico a la
Unidad Académica (UA) indicada en la carta de solicitud. La UA evaluará los
antecedentes del alumno e informará sobre la factibilidad de ejecución de la
movilidad solicitada. La UA de cabecera que acepte recibir al alumno
internacional se compromete a ofrecer las actividades académicas que atiendan
mayoritariamente el contrato de estudios del alumno. Si el estudiante es
aceptado por la UA, esta emitirá la carta de aceptación y la enviará a la
SSRRII.
La
SSRRII solicitará, entonces, al estudiante un seguro internacional de amplia
cobertura con especificación de sede y teléfono de contacto en Argentina para
facilitar la comunicación en caso de emergencia, y un certificado de buena
salud expedido por un hospital público o un agente del sistema de salud, en
cuyo caso deberá estar sellado y firmado por la universidad de origen. Una vez
recibidos, la SSRRII emitirá la carta de aceptación definitiva de la UNS que, junto
a la redactada por la UA, se enviarán a la UO y al alumno. Solo así quedará
formalizada su aceptación para la movilidad.
Se
recomienda un nivel de español mínimo B1 de acuerdo con el Marco común europeo
de referencia para las lenguas.
La
SSRRII solicitará a la Dirección General de Alumnos y Estudios (DGAyE) (Ingresos) la caratulación
del expediente para el alumno internacional. Al hacerlo, incluirá la siguiente
información:
a)
Nombre y apellido del estudiante
b)
Semestre/s y año en que pretende realizar la movilidad en la UNS.
c)
Copia legible del pasaporte
d)
País de origen
e)
Unidad académica en la que ha sido aceptado
f)
Dirección de correo electrónico
g)
Programa por medio del cual realiza la movilidad
Una
vez generado el expediente, la DGAyE lo girará a la
SSRRII y esta adjuntará toda la documentación enviada por el estudiante, y las
cartas de aceptación académica e institucional. En el caso de los alumnos que
cursen materias de grado, la Dirección General de Alumnos y Estudio generará el
alta en el Sistema SIU-GUARANÍ 3W como vocacional, y les asignará un nombre de
usuario y contraseña. Luego la DGAyE enviará el
Expediente del alumno vocacional a la SSRRII, que informará a los estudiantes
su usuario y contraseña para acceder al sistema. En el caso de las materias de
posgrado, la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua certificará
los cursos o seminarios de posgrado realizados por el estudiante internacional.
La
Dirección General de Sistemas de la Información habilitará a los estudiantes
vocacionales en la plataforma MOODLE.
ESTANCIA DEL
ALUMNO INTERNACIONAL DE MOVILIDAD
1. Una vez que el estudiante de
movilidad se haya presentado en la universidad para iniciar su estancia académica,
la Subsecretaría de Relaciones Internacionales (SSRRII) elevará el expediente a
la UA, donde el alumno y el Secretario Académico correspondiente coordinarán
las actividades definitivas que realizará.
2. En función del plan de actividades
definido y dentro de un plazo de veinte (20) días a partir de la recepción del
expediente, las UAs solicitarán por nota la
inscripción del alumno en las materias elegidas e incorporarán al Expediente
los programas certificados correspondientes. El expediente se girará a todas
las UAs en las que los estudiantes tomarán materias,
y la última lo elevará a la DGAyE – Registro y
Contralor, a fin de que dicha dependencia realice la inscripción del alumno en
todas las asignaturas. El expediente
permanecerá en la DGAyE –Registro y Contralor hasta
que lleguen las actas de examen y se proceda a la emisión del certificado
analítico. Será responsabilidad de los estudiantes inscribirse en las mesas de
examen en el Sistema SIU-GUARANÍ 3W.
3. A la finalización del semestre y
antes de su regreso a la universidad de origen, el estudiante deberá informar a
la UA si hubiera desistido de cursar y rendir el examen final de alguna de las
asignaturas, para que la UA proceda a solicitar la emisión del analítico
solamente con aquellas materias o prácticas que el estudiante internacional de
movilidad en efecto aprobó.
4. La UA enviará las Actas de examen
de las materias a la DGAyE – Registro y Control para
que se emita el Certificado analítico correspondiente, en un plazo no mayor a
30 días desde la recepción de las Actas.
5. La DGAyE
– Registro y Contralor girará el Expediente a la UA para que la UA envíe por
correo electrónico el certificado analítico y los programas de las asignaturas
aprobadas al coordinador de la universidad de origen del alumno y al alumno. Los
originales (analítico y programas) se enviarán por correo postal a la UO,
en un plazo menor a treinta (30) días.
6. La UA girará el Expediente a SSRRII
para que se tome conocimiento del trámite finalizado, y desde esa dependencia
será enviado a la Mesa General de Entradas para su archivo.
7. Durante toda su estancia de
movilidad, el estudiante internacional queda sujeto a las normas vigentes en la
Universidad Nacional del Sur respecto de la modalidad del cursado y evaluación
en todas las asignaturas, dado que durante su estancia el alumno internacional
tiene los mismos derechos y obligaciones que un estudiante de la UNS.
8. La SSRRII se encargará, a través de
Biblioteca Central, de solicitar la confección de un carnet para el alumno
internacional en el que constará apellido, nombre, número de pasaporte, una
fotografía y la vigencia de dicha identificación, que será coincidente con la
duración de su estancia académica. Este carnet permitirá su acceso a todas las
instalaciones de la UNS ya a los servicios deportivos y culturales en iguales
condiciones que el resto de los estudiantes.
9. La SSRRII elevará el listado
completo de los alumnos internacionales de movilidad al Departamento de
Sanidad, adjuntando copia de los Seguros Internacionales de cada uno de ellos,
a fin de tener un mayor control en caso de problemas de salud.
ANEXO II
Resolución CSU 497/16
INSCRIPCIÓN DE
LOS ALUMNOS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD EN LOS CURSOS QUE DEPENDEN DE LA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES
En
caso de que el estudiante de movilidad optara por tomar alguno de los
siguientes cursos: Español para extranjeros, Cultura
Argentina, Chino Lengua y Cultura, Portugués Lengua Extranjera, el Expediente
se girará a la SSRRII para que ésta solicite a la DGAyE,
la inscripción del estudiante en dichos cursos.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO