PLANES DE ESTUDIO - TECNICO SUPERIOR AGRARIO EN SUELOS Y AGUAS

 

Resolución CSU-004/98

Expediente DA-1297/97.

 

BAHIA BLANCA, 27 de febrero de 1998.

 

VISTO:

La creación de la carrera de "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas" por Resolución AU-18/97, a propuesta de la Res.CSU-583/97; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento de Agronomía por Res.CD-139/97 propuso condiciones de ingreso, estructura y duración del Plan de Estudios, perfil del egresado;

 

Que a fs. 77 y 78 constan las aclaraciones solicitadas por la Secretaría General Académica en las fojas precedentes con respecto al ingreso y la estructura del plan de estudios;

Que, dado lo avanzado del año académico 1998, resulta impracticable la implementación del ciclo de nivelación para alumnos que así lo requieran;

 

Que la Asamblea Universitaria por

art. 3º de la Res.AU-18/97 solicita la remisión de las actuaciones a los Departamentos Académicos;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 25 de febrero de 1998, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar el Plan de Estudios de la carrera "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas", que corre como Anexo I de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- Por excepción, el ingreso al ciclo 1998 estará limitado a alumnos provenientes de la Escuela de Agricultura y Ganadería de la UNS y a egresados de escuelas agrotécnicas con plan de estudios equivalentes.

 

ARTICULO 3º).- Remitir a los Departamentos Académicos involucrados el expediente de creación de la carrera "Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas" (Expte.DA-1297/97) para su conocimiento y opinión, de acuerdo a lo recomendado por la Res.AU-18/97 en su art. 3º. Este requisito deberá cumplimentarse para el cursado del segundo cuatrimestre del presente año.

 

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica a sus efectos. Tome razón la Dirección General de Alumnos y Estudio y gírese a los Departamentos Académicos involucrados (Geología, Química e Ingeniería Química y Ciencias de la Computación) para dar cumplimiento al artículo 3º. Pase al Departamento de Agronomía para su toma de conocimiento y, cumplido; archívese.

 

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO