PRESUPUESTO / DISTRUBICION FONDOS DESTINADOS A DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS (PGI)

 

Resolución CSU-510/08

Expediente 2957/07.

 

BAHIA  BLANCA, 21 de agosto de 2008.

 

            VISTO:

            La Resolución CSU-782/00 que establece la forma de distribución de los fondos destinados a subsidios a Proyectos de Grupos de Investigación entre los Departamentos Académicos para el año 2008; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que los Departamentos Académicos presentaron oportunamente la información correspondiente a su producción científico - tecnológica para el año 2006;

 

            Que el Consejo Asesor de Investigación de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología (CAICYT) procedió a la evaluación y cuantificación de la mencionada información;

 

            Que la Secretaría General de Ciencia y Tecnología calculó el porcentaje correspondiente a cada Departamento Académico según los indicadores establecidos en la Resolución CSU-782/00;

 

            Que es necesario dar a conocimiento de los Departamentos Académicos los montos de los que dispondrán para otorgar como subsidios;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 20 de agosto de 2008, lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer los siguientes montos a otorgar por los Departamentos Académicos como subsidios a Proyectos de Grupos de Investigación en el marco de la Ejecución del Presupuesto de la Finalidad Ciencia y Técnica asignado a la Universidad Nacional del Sur:

 

 

DEPARTAMENTO

 

 

TOTAL ($)

 

Agronomia

96.827,00

Biología, bioq. y F

120.560,00

Cs. de la Administr

23.086,00

Cs. e Ing.de la  comp.

49.746,00

Derecho

31.702,00

Economía

62.619,00

Física

51.353,00

Geografía y Turismo

64.017,00

Geología

61.472,00

Humanidades

112.423,00

Ingenieria

40.531,00

Ing. Elect.  y de Comp

59.451,00

Ing. Química

105.373,00

Matemática

42.278,00

Química

78.562,00

TOTALES

1.000.000,00

 

ARTICULO 2º).- La asignación de los subsidios correspondientes a cada Proyecto de Grupo de Investigación será realizada por el Consejo Superior Universitario, a propuesta de los Departamentos Académicos.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su comunicación a los Departamentos Académicos y demás efectos. Tome razón la Dirección General  de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

 

LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO