ALUMNOS
MECANISMO
DE INGRESO – ESTABLECE SISTEMA DE PROMOCION
Resolución CSU-510/13
Expte. X-20/11
Bahía
Blanca, 5 de setiembre 2013
VISTO:
La Resolución CSU-656/04 que
establece el mecanismo de ingreso a la UNS; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Estratégico de la
Universidad Nacional del Sur (Res.CSU-325/12) dispone en el eje estratégico 2,
programa 2.1 “Gestión de la Calidad Académica”
el proyecto de mejoramiento de las condiciones académicas que
contribuyan a incrementar la calidad de desempeño de los alumnos;
Que el curso de nivelación es una
herramienta pedagógica que persigue reforzar los conocimientos adquiridos
durante la etapa de escolarización secundaria y paralelamente servir de período
de adaptación del alumno ingresante a la Universidad y su entorno;
Que la asistencia de los alumnos
ingresantes al dictado de los cursos contribuye al eficaz cumplimiento de los
objetivos mencionados en el considerando precedente;
Que por lo expuesto es de suma
importancia desarrollar estrategias pedagógicas que permitan incentivar la
asistencia de los alumnos al dictado de los cursos;
Que asimismo se quiere tener
registro de la incidencia de la asistencia a los mencionados cursos en la
aprobación de los alumnos;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su reunión del 4 de setiembre de 2013, lo dictaminado
por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Establecer un sistema de promoción para aquellos alumnos ingresantes que
asistan el curso de nivelación de febrero. El mismo consiste en rendir dos
exámenes parciales al finalizar la segunda y la cuarta semanas del curso. Los
mencionados exámenes estarán habilitados
solo para los alumnos que hayan asistido al setenta por ciento (70%) de
las clases en cada período. Los exámenes incluirán los temas impartidos en clase durante el período correspondiente. Para
obtener la promoción del curso de nivelación se deberá reunir al menos 120 puntos
entre los dos exámenes parciales, con un mínimo de 40 puntos en cada examen.
ARTICULO
2º).- Los alumnos que no hayan cumplido con la asistencia mínima o no hayan
aprobado los exámenes parciales y por lo
tanto hayan perdido la promoción del curso de nivelación, podrán rendir el
examen final y su posterior recuperatorio en las fechas
establecidas en el calendario académico para tal fin.
ARTICULO 3º).-
Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese
a los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO