COMISIONES CURRICULARES

INCORPORA CARRERA ING. EN SISTEMAS DE SOFTWARE (Anexo II Res.CU-461/89)

 

Resolución CSU-519/11

Expediente X-39/05

 

BAHIA BLANCA, 1 de setiembre de 2011.

 

            VISTO:

            La resolución del Departamento de Ciencias y Ingeniería de la Computación CDCC-131/11 solicitando la incorporación de la carrera de Ingeniería en Sistemas de Software al Anexo II de la Resolución CU-461/89 y la creación de la Comisión Curricular de la carrera de Ingeniería en Sistemas de Software de la Res.CU-461/89; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que en el nombrado Anexo se nominan carreras y departamentos responsables que se asignan a cada una;

 

            Que el Departamento responsable de la carrera “Ingeniería en Sistemas de Software” es el Departamento de Ciencias e Ingeniería de la Computación;

 

            Que la reciente creación de la carrera impide conformar la comisión curricular conforme a los requisitos establecidos por la normativa vigente (Res.CU-461/89) existiendo antecedentes que justifican esta excepción;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 24 de agosto de 2011, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

 ARTICULO 1º).- Incorporar la carrera de Ingeniería en Sistemas de Software a cargo del Departamento  de Ciencias e Ingeniería de la Computación en el Anexo II de la Res.CU-461/89.

 

ARTICULO 2º).- Crear la Comisión Curricular de la carrera Ingeniería en Sistemas de Software integrada por los siguientes miembros:

 

Profesores Titulares:

Dr. Pablo Rubén FILLOTRANI

Lic. María de las Mercedes VITTURINI

 

Profesora Suplente:

Dra. Marcela CAPOBIANCO

 

Auxiliares Docentes Titulares:

Mg. Telma DELLADIO

Mg. María Clara CASALINI

 

Auxiliar Docente Suplente:

Mg. Karina CENCI

 

ARTICULO 3º).- Conformar sin alumnos, por excepción, la Comisión Curricular de la carrera “Ingeniería en Sistemas de Software” hasta que los mismos cumplan con el requisito establecido en la Res.CSU-588/08 (como mínimo el 60% del as materias aprobadas)

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica y al Departamento de Ciencias e Ing. de la Computación. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. CLAUDIO CARUCCI

SEC. GRAL. CULTURA Y EXTENSION UNIVERSITARIA A/C CSU