CEMS

PAUTAS PARA REUBICACION DOCENTES INTERINOS (MODIF. R-81/99, ART. 1º  RATIF. POR CSU-68/99

 

Resolución CSU-51/11

Expediente 2002/97

 

BAHIA BLANCA, 11 de marzo de 2011.

 

            VISTO:

            La Res .CEMS-114/10 solicitando la modificación del artículo 1º de la resolución R-081/99, ratificada por Res.CSU-068/99; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el artículo 1º de la Res. R-081/99 establece entre las pautas para la reubicación del personal docente interino que quedare en disponibilidad  “poseer tres (3) años de antigüedad como interino en la asignatura o cargo afectado en el ámbito del CEMS”;

 

            Que los directores acordaron por medio del acta CEMS del 06/04/99 una modificación en la operatoria, que hasta ahora no ha sido plasmada en una modificación de la resolución;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 2 de marzo de 2011, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 1º de la Resolución R.’081/99 ratificada por Resolución CSU-68/99 en los siguientes términos:

 

Donde dice:

“Poseer tres (3) años de antigüedad como interino en la asignatura o cargo afectado en el ámbito del CEMS”.

 

Deberá decir:

“Poseer tres (3) años de antigüedad como interino en la asignatura o cargo afectado, no por división sino por año, en el ámbito del CEMS.”

 

ARTICULO 2º).- Pase al CEMS y por su intermedio a sus establecimientos dependientes. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO