LICENCIATURA EN FISICA - INCUMBENCIAS


Resolución CU-51/90.

Expediente FP-652/84 y MEJ-2536/89.


BAHIA BLANCA, 10 abril 1990.


VISTO:

Las observaciones formuladas por el Departamento de Programación y Proyectos del Ministerio de Educación y Justicia respecto a las incumbencias correspondientes a la Carrera de Lic. en FIsica; y


CONSIDERANDO:

Que el Plan de Estudios elevado por esta Casa de Estudios se adecua a las incumbencias establecidas por la Resolución Ministerial Nro.1560/80.

Que el Consejo Departamental de Física dispuso, en su sesión de fecha 7 de noviembre de 1989, que se continúe con el trámite solicitado;

Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión de fecha 15 de marzo del corriente año, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). APROBAR las incumbencias de la carrera de Licenciatura en Física establecidos por Resolucion Ministerial Nro.1560/80 que corren como Anexo I de la presente resolución.


ARTICULO 2°). Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y elevación al Ministerio de Educación y Justicia pase a la Dirección de Alumnos y Estudios y al Boletín Oficial a sus efectos. Tome razón el Departamento de Física. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec. Gral. Consejo Universitario



ANEXO (Resol. CU51/90)

LICENCIADO EN CIENCIAS FISICAS Y EN FISICA


El ejercicio de la profesión independiente o en relación de dependencia a través de:

Trabajos específicos.

Asesoramientos específicos.

Realización de arbitraje, pericias y tasaciones relacionadas a la profesión.

Intervención como peritos físicos en entidades bancarias, del Poder Judicial y otras instituciones oficiales o privadas.

El estudio de la factibilidad de elaboración de nuevos productos y/o instrumentos.


TITULO DE PROFESOR

Enseñanza de la especialidad en todos los ciclos del sistema educativo nacional.

Asesoramiento pedagógico, profesional y técnico de la especialidad.