LICENCIATURA EN FISICA - INCUMBENCIAS
Resolución CU-51/90.
Expediente FP-652/84 y MEJ-2536/89.
BAHIA BLANCA, 10 abril 1990.
VISTO:
Las observaciones formuladas por el Departamento de Programación y Proyectos del Ministerio de Educación y Justicia respecto a las incumbencias correspondientes a la Carrera de Lic. en FIsica; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan de Estudios elevado por esta Casa de Estudios se adecua a las incumbencias establecidas por la Resolución Ministerial Nro.1560/80.
Que el Consejo Departamental de Física dispuso, en su sesión de fecha 7 de noviembre de 1989, que se continúe con el trámite solicitado;
Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión de fecha 15 de marzo del corriente año, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE:
ARTICULO 1°). APROBAR las incumbencias de la carrera de Licenciatura en Física establecidos por Resolucion Ministerial Nro.1560/80 que corren como Anexo I de la presente resolución.
ARTICULO 2°). Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y elevación al Ministerio de Educación y Justicia pase a la Dirección de Alumnos y Estudios y al Boletín Oficial a sus efectos. Tome razón el Departamento de Física. Cumplido, archívese.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Lic. JOSE EMILIO ZAINA
Sec. Gral. Consejo Universitario
ANEXO (Resol. CU51/90)
LICENCIADO EN CIENCIAS FISICAS Y EN FISICA
El ejercicio de la profesión independiente o en relación de dependencia a través de:
Trabajos específicos.
Asesoramientos específicos.
Realización de arbitraje, pericias y tasaciones relacionadas a la profesión.
Intervención como peritos físicos en entidades bancarias, del Poder Judicial y otras instituciones oficiales o privadas.
El estudio de la factibilidad de elaboración de nuevos productos y/o instrumentos.
TITULO DE PROFESOR
Enseñanza de la especialidad en todos los ciclos del sistema educativo nacional.
Asesoramiento pedagógico, profesional y técnico de la especialidad.