DISTRIBUCION
SUBSIDIOS PGI
DEPARTAMENTOS
ACADEMICOS
Resolución CSU-527/09
Expediente 3629/08
BAHIA BLANCA, 14 de agosto de 2009.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que los Departamentos Académicos
presentaron oportunamente la información correspondiente a su producción
científico-tecnológica para el año 2007;
Que como consecuencia del cierre de
emergencia de actividades ante la pandemia de gripe A, el Consejo Asesor de
Investigación de
Que
Que es posible prever el
cumplimiento de
Que los montos de las etapas
propuestas contemplan los márgenes de variación en la producción científica-tecnológica
y que además al utilizar la sumatoria de los tres últimos años, se mitigan
variaciones de mayor amplitud en el valor del índice;
Que además el incremento de los
costos de las actividades de investigación y formación de recursos humanos es
sostenido en el tiempo y que una demora no hace más que dotar de menores
recursos a nuestros PGI;
Que es necesario dar a conocimiento
de los Departamentos Académicos los montos de los que dispondrán para otorgar como subsidios;
Que el Consejo Superior
Universitario, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2009 aprobó sobre tablas,
el dictamen de su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas,
Institutos, Becas y Subsidios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Establecer para la convocatoria a Subsidios PGI 2009 una modalidad de
distribución de fondos en dos etapas.
ARTICULO
2º).- Destinar para una primera etapa la suma de setecientos cincuenta mil
pesos ($ 750.000) otorgándose a los Departamentos Académicos los siguientes
montos, de acuerdo al porcentaje de producción científico tecnológica aprobado
para la distribución de fondos 2008:
DEPARTAMENTO |
% PRODUCCION 2008 |
TOTAL $ |
AGRONOMIA |
9,683 |
72.621 |
BIOLOGIA, BIOQUIMICA Y
FARMACIA |
12,056 |
90.420 |
CS. ADMINISTRACION |
2,309 |
17.315 |
CS. E INGENIERIA DE LA
COMPUTACION |
4,975 |
37.310 |
DERECHO |
3,170 |
23.776 |
ECONOMIA |
6,262 |
46.964 |
FISICA |
5,135 |
38.515 |
GEOGRAFIA Y TURISMO |
6,402 |
48.013 |
GEOLOGIA |
6,147 |
46.104 |
HUMANIDADES |
11,242 |
84.317 |
INGENIERIA |
4,053 |
30.398 |
ING. ELECTRICA Y DE
COMPUTADORAS |
5,945 |
44.588 |
ING. QUIMICA |
10,537 |
79.030 |
MATEMATICA |
4,228 |
31.708 |
QUIMICA |
7,856 |
58.921 |
TOTALES |
100,000 |
750.000 |
ARTICULO
3º).- Establecer para la segunda etapa un importe de doscientos cincuenta mil
pesos ($ 250.000) que permitirá ajustar la distribución de acuerdo a los
criterios previstos en
ARTICULO
4º).- La asignación de los subsidios correspondientes a cada Proyecto de Grupo
de Investigación será realizada por el Consejo Superior Universitario, a
propuesta de los Departamentos Académicos.
ARTICULO
5º).- Pase a
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO