ORGANIZACIÓN

COMUNICACIONES

ENCOMIENDA PROVISION SERVICIO TECNOLOGIA WiFi

 

Resolución CSU-539/09

Expediente 345/09

 

BAHIA BLANCA, 18 de agosto de 2009.

 

            VISTO:

            La necesidad de adecuar la infraestructura de comunicaciones existente en la Universidad Nacional del Sur con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la información por parte de los miembros del CSU y la Asamblea Universitaria, tanto en sus sesiones plenarias como en el trabajo en comisiones; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es amplia la difusión de diferentes recursos de cómputo con accesibilidad inalámbrica disponibles con tecnología WiFi (802.11 b/g/n);

 

            Que la ampliación de la accesibilidad  a la información facilitará a los cuerpos colegiados de la UNS una herramienta hoy imprescindible para una más efectiva administración de su labor;

 

            Que la vasta experiencia adquirida en los últimos años sobre las tecnologías asociadas a las redes inalámbricas y las mejoras incorporadas a las mismas tendientes a lograr seguridad y estabilidad en la prestación del servicio, las hacen adecuadas a los requerimientos de la institución;

 

            Que por tratarse de un número relativamente pequeño de usuarios, pueden implementarse mecanismos de control de acceso efectivos en términos de seguridad;

 

            Que en una segunda etapa, y con las previsiones de seguridad en el acceso necesario para permitir un acceso semi-público temporal, la infraestructura a instalar podría compartirse con otras actividades como reuniones científicas u otras actividades desarrolladas en dichos ámbitos;

 

            Que el Consejo9 Superior Universitario, en su reunión del 12 de agosto de 2009, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Encomendar a la Secretaría  General Técnica que, por intermedio de la Dirección General de Telecomunicaciones y en el término de sesenta (60) días, a partir de aprobada la puesta en vigencia de la presente resolución, realice la provisión de un servicio de acceso inalámbrico mediante la tecnología WiFi 802.11 b/g/n que proporcione una adecuada cobertura a las áreas de trabajo del Consejo Superior Universitario y su extensión, en una segunda fase con plazo a definir, a áreas utilizadas por la Asamblea Universitaria. Dichos puntos de acceso deberán brindar al menos, una conectividad similar a la obtenida por otros medios físicos en el ámbito de la UNS, permitiendo además, el acceso a impresoras de red existentes en dichos ámbitos o a proveer en un futuro.

 

ARTICULO 2º).- Encomendar a la Secretaría General Técnica, estudie la posibilidad de ampliar la disponibilidad de tomas de conexión a la red eléctrica en la sala del Consejo Superior Universitario y de comisiones para facilitar el uso de computadoras móviles.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General Técnica a todos sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO