ALUMNOS - CERTI F I CADOS
Resolucion CU-053/94
Expediente S-617/68.
BAHIA BLANCA, 14 abril 1994.
VISTO:
Que la Direccion de Alumnos y Estudios no expide certificados analiticos si el interesado no declara un destinatario especifico; y
CONSIDERANDO:
Que el perjuicio economico que se le ocasiona a los estudiantes, ya que es habitual que los mismos necesiten el certificado analitico donde se acreditan sus estudios universitarios para emprender la busqueda de un empleo;
Lo informado por la Direccion General de Alumnos y Estudios a fs. 7;
Lo dictaminado por el señor Asesor Letrado a fs. 11/12;
Que el Consejo Universitario aprobo en su reunion de fecha 6/4/94 lo aconsejado por su Comision de Interpretacion y Reglamento;
POR ELLO,
E1 Consejo Universitarlo
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°). Modificar el Art. 2° de la Resolucion CS-103/68 que quedara redactado de la siguiente forma: "E1 interesado debera abonar la tasa establecida en la Tesoreria de la Universidad y con el comprobante de pago respectivo iniciera el tramite de la constancia ante la Direcci6n de Alumnos y Estudios pudiendo o no indicar en su sollcitud el organismo publico o privado ante el cual se hara efectiva su presentacion. Debera constar que la validez de los mismos sera de seis meses a partir de la fecha de expedici6n."
ARTICULO 2°). Pase a conocimiento de las Secretarias Generales Academica y Tecnica, a la Direccion de Economia y Finanzas, tome razon la Direccion General de Alumnos y Estudios. Cumplido, archivese.
Ing. Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. Agr. MIGUEL A.CANTAMUTTO
Sec. Gral Consejo Universitario