CERTIFICACION DE DIPLOMA

Resolución CSU-540/97

Expediente DGAyE-1745/97.

BAHIA BLANCA, 7 de octubre de 1997.

VISTO:

La resolución del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación Nº1669 que en su art. 3º impone la necesidad de que las Instituciones Universitarias deben expedir sus títulos debidamente legalizadas; y

CONSIDERANDO:

Que este trámite de legalización es necesario para poder ejercer la profesión en algunos casos;

Que por lo tanto muchos egresados realizan este trámite en forma personal;

Que para poder atender este servicio se requiere erogación en pasajes y viáticos;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 1/10/97, aprobó lo dictaminado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Fijar un sellado a la gestión de certificación de diploma por un valor de cinco (5) módulos.

ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Académica y Técnica. Tomen razón las Direcciones Generales de Alumnos y Estudio y de Economía y Finanzas. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO