PRESUPUESTO
2003
REESTRUCTURACION PLANTA PERSONAL NO DOCENTE
Expediente SGT-1964/03
BAHIA BLANCA, 22 de setiembre de
2003
VISTO:
La Ley 25725 mediante la cual se aprueba
el Presupuesto asignado a esta Universidad para el Ejercicio 2003;
Las partidas previstas para
Gastos en Personal en el Ejercicio Presupuestario 2003 para esta Universidad;
y,
CONSIDERANDO:
La necesidad de aprobar la Planta
Permanente para el Personal No Docente de esta Casa de Altos Estudios;
Que se ha efectuado un análisis
de las reales necesidades de personal de apoyo administrativo en cada
dependencia;
Que, como resultado de lo
expresado precedentemente y teniendo en cuenta la situación de los
Departamentos académicos, surge que existe una distribución inequitativa entre
los recursos humanos asignados, en cantidad y jerarquía dentro del escalafón no
docente, y las reales necesidades en función de la cantidad de docentes y
alumnos que cada uno atiende;
Que, en términos de asegurar la
disposición de una estructura jerárquica similar entre las distintas Unidades
Académicas, se propende a que todas ellas cuenten como segundo cargo dentro de
su planta no docente, con una categoría 9;
Que resulta, por lo tanto,
necesario practicar una reestructuración de la Planta de Personal asignada en
los últimos años a cada Departamento;
Que el artículo 59 de la
Ley de Educación Superior 24.521 establece que las instituciones universitarias
tendrán autarquía económico – financiera dentro del marco de la Ley 24.156 de
Administración Financiera, correspondiendo a dichas instituciones administrar
su patrimonio, aprobar su presupuesto, disponer de la utilización de las
economías generadas en cada Ejercicio Presupuestario, y fijar su régimen
salarial y de administración de personal, facultades que han sido ratificadas
mediante la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto;
Que se estima conveniente delegar
en el Rectorado, a propuesta de los Departamentos involucrados, la facultad de
estructurar de manera más conveniente la planta de personal en función del
servicio a brindar por cada uno de ellos y en virtud de los recursos asignados
mediante la presente Resolución;
POR ELLO,
RESUELVE:
ARTICULO
1º: Asignar un (1) cargo Categoría 2 del Agrupamiento Administrativo del
Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales a cada
uno de las siguientes Unidades Académicas, a condición que estos Departamentos
extiendan el horario de atención al público durante la tarde, en el caso de no
realizarlo a la fecha:
-
Departamento de Matemática
-
Departamento de Agronomía
-
Departamento de Derecho
-
Departamento de Química
-
Departamento de Ciencias de la Administración
-
Departamento de Economía
-
Departamento de Humanidades
ARTICULO 3º: Crear
transitoriamente dos (2) cargos Categoría 9 del Agrupamiento Administrativo
para permitir el proceso de llamado a concurso de los cargos que se crearán por
aplicación del artículo 2º de la presente Resolución, los cuales serán dados de
baja una vez finalizado el proceso en cuestión.
ARTICULO 4º: El proceso de
llamado a concurso para la cobertura de los cargos Categoría 9 que se crearán
por aplicación del artículo 2º de la presente Resolución, se practicará
progresivamente de a DOS (2) cargos por vez, comenzándose por los Departamentos
que tengan mayor diferencia con el cargo Categoría 9 a crear.
ARTICULO 5º: La presente Resolución
se imputará presupuestariamente al Centro de Costos 50.
ARTICULO 6º): Agréguese copia al Expte. CSU-2750/02.
Pase a la Secretaría General Técnica para su conocimiento y comunicación a los
Departamentos Académicos y Secretarías involucrados. Tome razón la Dirección
General de Economía Finanzas la Dirección General de Personal. Cumplido,
archívese.
DR. LUIS MARIA
FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
A N E X O
RESOLUCIÓN
CSU-545/03
Departamento / Secretaría
|
Diferencia entre categorías
|
Costo anual
|
Derecho
|
9 y 8
|
$ 2.844
|
Cs. e Ing. de la Computación |
9 y 8
|
$ 2.844
|
Biología, Bioquímica y Farmacia |
9 y 8 |
$ 2.844
|
Ciencias de la Administración |
9 y 7
|
$ 3.945
|
Economía |
9 y 7
|
$ 3.945
|
Ingeniería Eléctrica y de Computadoras |
9 y 7 |
$ 3.945
|
Física |
9 y 8
|
$ 2.844
|
Geografía |
9 y 6
|
$ 4.060
|
Geología |
9 y 7
|
$ 3.945
|
Humanidades |
9 y 7
|
$ 3.945
|
Química |
9 y 8
|
$ 2.844
|
Sec. Gral. Relac. Institucionales y Ext. Univ. |
9 y 6
|
$ 4.060
|
Sec. Gral. Técnica |
9 y 8
|
$ 2.844
|
Sec. Gral. Asuntos Estudiantiles |
9 y 7
|
$ 3.945
|
Sec. Gral Comunicación y Cultura |
9 y 7
|
$ 3.945
|
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO