C.E.M.S.

REGLAMENTO DE CONCURSOS PROVISIÓN HS. CÁTEDRA  CARGOS TITULARES (MOD. CSU-477/01, Art. 36º)

 

Resolución CSU-552/03

Expediente CU-238/87 3º cuerpo.

 

BAHIA BLANCA, 22 de setiembre de 2003.

 

            VISTO:

            La Res. CEMS-378/03 por la que el Consejo de Enseñanza Media y Superior solicita la modificación del Reglamento de Concursos para la Provisión de horas cátedra y cargos titulares en los establecimientos dependientes del CEMS (Res. CSU-477/01); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que los motivos de la solicitud elevada son razonables;

 

            Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 27 de agosto de 2003 aprobó sobre tablas lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar la modificación del Artículo 36º de la Res. CSU-477/01 cuyo texto será el siguiente:

 

“ARTICULO 36º: Notificada de su designación, el docente deberá hacerse cargo de sus funciones en la fecha prevista en la misma, salvo que invocase un impedimento que fuere admitido por el CEMS. Vencida la prórroga acordada por el CEMS, si el docente no se hiciere cargo de sus funciones la designación caducará automáticamente. Asimismo, no podrá solicitarse licencia por incompatibilidad durante el primer año de designación.- Los agentes que estén en funciones con cargos de mayor jerarquía en el ámbito del CEMS con designaciones a término, podrán solicitar licencia por dicha causal.”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica, a la Dirección General de Personal, al Programa de Desarrollo Informático y al CEMS a todos sus efectos. Comuníquese a los establecimientos dependientes del CEMS. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO