C.E.M.S.
REGLAMENTO DE CONCURSOS PROVISIÓN HS. CÁTEDRA CARGOS TITULARES (MOD. CSU-477/01, Art. 36º)
Resolución CSU-552/03
Expediente CU-238/87 3º cuerpo.
BAHIA BLANCA, 22 de setiembre de
2003.
VISTO:
La
Res. CEMS-378/03 por la que el Consejo de Enseñanza Media y Superior solicita
la modificación del Reglamento de Concursos para la Provisión de horas cátedra
y cargos titulares en los establecimientos dependientes del CEMS (Res.
CSU-477/01); y
CONSIDERANDO:
Que
los motivos de la solicitud elevada son razonables;
Que
el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 27 de agosto de 2003
aprobó sobre tablas lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos
Secundarios y Terciarios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E
L V E :
ARTICULO 1º).- Aprobar la
modificación del Artículo 36º de la Res. CSU-477/01 cuyo texto será el
siguiente:
“ARTICULO 36º: Notificada de su
designación, el docente deberá hacerse cargo de sus funciones en la fecha
prevista en la misma, salvo que invocase un impedimento que fuere admitido por
el CEMS. Vencida la prórroga acordada por el CEMS, si el docente no se hiciere
cargo de sus funciones la designación caducará automáticamente. Asimismo, no
podrá solicitarse licencia por incompatibilidad durante el primer año de designación.-
Los agentes que estén en funciones con cargos de mayor jerarquía en el ámbito
del CEMS con designaciones a término, podrán solicitar licencia por dicha
causal.”
ARTICULO 2º).- Pase a la
Secretaría General Académica, a la Dirección General de Personal, al Programa
de Desarrollo Informático y al CEMS a todos sus efectos. Comuníquese a los
establecimientos dependientes del CEMS. Dése al Boletín Oficial. Cumplido,
archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO