ATRIBUCIONES CONSEJOS DEPARTAMENTALES

 

Resolución CSU-554/14

Expte. 242/14

 

BAHIA BLANCA, 28 de agosto de 2014.

 

            VISTO:

            El Estatuto de la Universidad Nacional del Sur;

 

            La resolución CSU-148/14; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que por resolución CSU-146/14 se incorporaron las carreras de Profesorado de Educación Inicial y Profesorado de Educación Primaria dictadas por la Escuela Normal Superior a la oferta de carreras universitarias de la Universidad Nacional del Sur;

 

            Que la resolución CSU-147/14 estableció como Unidad Académica a los efectos administrativos a la Escuela Normal Superior y dispuso que los diplomas correspondientes a las carreras mencionadas sean suscriptos por el Director/a de la Escuela Normal Superior;

 

            Que por resolución CSU-148/14 se conformó una Comisión Asesora “para que entienda en el proceso de transformación institucional de los Profesorados de Educación Inicial y de Educación Primaria”;

 

            Que es necesario darle más agilidad a los trámites vinculados con la adaptación de ambas carreras y su transformación institucional;

 

            Que nos es conveniente que el Consejo Superior Universitario ejerza atribuciones propias  de los Consejos Departamentales ni de los Directores Decanos;

 

            Que, en lo posible, se debe buscar una estructura que respete la distribución de competencias dispuesta estatutariamente;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, con modificaciones, en su reunión del 26 de agosto de 2014, lo  aconsejado por sus Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Enseñanza;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer que las atribuciones dispuestas por los incisos b), c), d), e), i), k) y n) del art. 73º del Estatuto de la UNS, como así también las de otorgar asignaciones complementarias y contrataciones al personal docente en el marco de lo dispuesto por la resolución CSU-833/02 y la de reestructurar cargos docentes, sean ejercidas transitoriamente por el Vicerrector-Vicedirector de la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone”, previo dictamen favorable de la Comisión Asesora creada por resolución CSU-148/14.

 

ARTICULO 2º).- Las facultades otorgadas serán ejercidas por el término de un (1) año o hasta tanto se adscriban las carreras de Profesorado de Educación Inicial y Profesorado de Educación Primaria dictadas actualmente por la Escuela Normal Superior de la UNS, a un Departamento Académico determinado, lo que ocurra primero.

 

ARTÍCULO 3º).- Recomendar que a corto plazo se asigne un Departamento Académico cabecera a las carreras mencionadas.

 

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica, al CEMS y a la Escuela Normal Superior para su comunicación y demás efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO