CEMS

INGRESO ESCUELA NORMAL SUPERIOR CICLO LECTIVO 2004

 

Resolución CSU-55/04.

Expediente 2007/98

 

BAHIA BLANCA, 11 de marzo de 2004.

 

            VISTO:

            La Res. CSU-487/96 que establece las condiciones de ingreso al Nivel Polimodal de los alumnos egresados de la Escuela EGB en el ámbito de los establecimientos dependientes del CEMS;

 

            La situación producida a fines del año 2003, cuando los aspirantes (126) a ingresar en la Escuela Normal Superior superaron las vacantes disponibles  (52 en cada una de las dos modalidades);

 

            La normativa que establece la cantidad de alumnos por división en los Establecimientos dependientes del CEMS; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que, de acuerdo a la normativa que fija el ingreso al Nivel Polimodal establecida en la Res. CSU-735/00, el día 3 de diciembre de 2003 se seleccionaron los ingresantes a la Escuela Normal Superior con el sorteo de la Lotería Nacional matutina, quedando un excedente de 22 alumnos;

 

            Que los alumnos han optado por una escuela y modalidad, y que el hecho de no poder ingresar en dicho establecimiento trunca sus expectativas y vocaciones;

 

            Que en otras oportunidades este Consejo ha autorizado la inscripción de alumnos supernumerarios a fin de solucionar situaciones similares (Res. CSU-4/03);

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 10 de marzo de 2004, lo aconsejado por su comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO1º).- Autorizar, por excepción y para el ingreso a la Escuela Normal Superior en el presente ciclo lectivo, a los alumnos inscriptos para comenzar 1º año del Polimodal, en las condiciones  que fija el artículo 4º de la Res. CSU-735/00, y que no fueron favorecidos por sorteo a ingresar como alumnos supernumerarios.

 

ARTICULO 2º).- Los alumnos serán distribuidos equitativamente entre las divisiones de cada orientación, de acuerdo a la modalidad elegida por cada alumno.

 

ARTICULO 3º).- Considerar entre los aspirantes a ingresar en la Escuela Normal Superior a aquellos alumnos que, en cumplimiento de la res. R-856/03, se inscribieron en otro Polimodal de los Establecimientos dependientes del CEMS.

 

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y a la Escuela Normal Superior a todos sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

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