PRORROGA CONTROL DE
CORRELATIVAS / CALENDARIO ACADEMICO
Resolución
CSU-560/22
Expte
969/20
BAHÍA BLANCA, 25 de agosto de
2022
VISTO:
La resolución CSU-564/19 que
deroga el régimen de Inecuación para todas las carreras de la UNS a partir del
primer cuatrimestre de 2020, a excepción de aquellas que definan condiciones
particulares y aquellas que lo hayan incluido expresamente en sus planes de
estudio;
La
resolución CSU-544/21 y modificatorias que aprueba el Calendario
Académico General para el año 2022, y establece el 9 de septiembre como fecha
de finalización de período de exámenes válidos para el control de
correlatividades del segundo cuatrimestre;
La resolución CSU-406/12 y sus
modificatorias, que aprueba el Texto Ordenado de la Actividad Estudiantil; y
CONSIDERANDO:
Que los efectos de la pandemia y
el retorno a la presencialidad continúan afectando la
planificación académica de las/os estudiantes y su adaptación a la modalidad
presencial;
Que prorrogar el plazo para el
control de correlatividades y de inecuación otorgará mayor cantidad de tiempo a
las/os estudiantes para desarrollar sus estudios con razonable flexibilidad
posibilitando mayores oportunidades para rendir los exámenes finales
pendientes;
Que extender el plazo de control
de correlatividades y de inecuación permite una mayor autonomía estudiantil
para la organización del tiempo y el estudio, acorde con la responsabilidad que
se espera de las/os futuros profesionales que nuestra universidad capacita;
Que el sistema de inecuación fue
derogado de nuestra universidad por su ausencia de fundamento académico,
manteniéndose vigente exclusivamente en algunas carreras por razones formales
de acreditación de sus planes de estudio, resultando aconsejable en
consecuencia y para estos casos su suspensión transitoria;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su reunión del 24 de agosto de 2022, lo aconsejado por
su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer en el
Calendario Académico 2022 como fecha de finalización del período de exámenes
válidos para el control de correlativas y de los vencimientos de materias del
segundo cuatrimestre el día 03 de octubre de 2022.
ARTÍCULO 2°: No realizar la
verificación del cumplimiento de la inecuación durante el segundo cuatrimestre
de 2022, en las carreras en las que este requisito continúa vigente.
ARTÍCULO 3°: Encomendar a las
cátedras el establecimiento de dos mesas de examen final durante el mes de septiembre,
respetando lo dispuesto en la resolución CSU-406/2012 y sus modificatorias, en
la que se establece fijar por lo menos una mesa de examen final en condición de
regular y libre, durante la semana previa al control de correlatividades.
RTÍCULO 4°: Pase a la Secretaría
General Académica y por su intermedio comuníquese a los Departamentos
Académicos. Gírese a la Dirección General de Gestión Académica a todos sus
efectos. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto. Cumplido,
archívese
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
DRA. ANDREA S. CASTELLANO
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO