CREA CARGO DE SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS

(PLANTA AUTORIDADES SUPERIORES / PRESUPUESTO)

 

Resolución CSU-573/19

Expediente 446/07

 

BAHIA BLANCA, 15 de agosto de 2019

 

            VISTO:

            La resolución CSU-002/12, por la cual se creó la Subsecretaría de Derechos Humanos y se establecieron su misión y funciones; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el cargo de Subsecretario/a de Derechos Humanos ha sido desempeñado hasta el presente en forma ad honorem (Res. R-141/2015);

 

            Que en los últimos tiempos las actividades relativas a la defensa y promoción de los derechos humanos en el ámbito de la Universidad se han incrementado y complejizado, como puede apreciarse en el Plan de Gestión presentado por la Subsecretaría;

 

            Que entre las nuevas actividades que la Subsecretaría debe impulsar y coordinar destacan la puesta en marcha del Protocolo de Actuación en Situaciones de Discriminación y/o violencia de Género, y la implementación de la Ley de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que integran los tres Poderes del Estado (Ley Micaela);

 

            Que el incremento de trabajo y dedicación que estas actividades implican hacen necesario que el cargo de Subsecretario de Derechos Humanos sea rentado;

           

            Que si bien el cargo de Subsecretario de derechos Humanos no ha sido previsto en la Planta de Autoridades Superiores en el Presupuesto 2019 aproado por Res. CSU-311/2019, existe un saldo de reestructuración de dicha planta que puede afectarse al financiamiento del mismo durante el período correspondiente al presente ejercicio;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó por unanimidad, en su reunión del 14 de agosto de 2019, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º).- Crear el cargo de Subsecretario de derechos Humanos a partir del 2 de setiembre de 2019.

 

ARTICULO 2º).- El cargo creado en el artículo 1º será financiado durante el corriente ejercicio con saldo de reestructuraciones de la planta de autoridades superiores y será incluido en la Planta de Autoridades Superiores de los próximos ejercicios presupuestarios.

 

ARTICULO 3º).- Pase a las Direcciones Generales de Personal y de economía y Finanzas a todos sus efectos. Gírese a la Secretaría General de Coordinación y a la Subsecretaría de Derechos Humanos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. MARIO ARRUIZ

SEC. GRAL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO