APRUEBA EL PROGRAMA INTEGRAL DE
ACCESIBILIDAD EN LA UNS
Resolución CSU-573/20
Expte. 2236/16
BAHÍA
BLANCA, 10 de diciembre de 2020
VISTO:
La Resolución CIN Nº426/07 que
aprueba el Programa Integral de Accesibilidad en el seno del Consejo
Interuniversitario Nacional;
La Ley 26378/2008 que aprueba la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo
facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones
Unidas;
La Resolución CSU 1040/2010 que
aprobó como política institucional en la Universidad Nacional del Sur el Acceso
Universal a la educación por la Igualdad y la inclusión;
La Ley 27044/2014 que otorga
jerarquía constitucional a la Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad;
La Ley 26.206 de Educación Nacional
y la Ley 24.521 de Educación Superior y su modificatoria, Ley 25.573;
La Resolución del Comité Ejecutivo
del CIN, CE 1503/20 “Programa Integral de Accesibilidad para las Universidades
Públicas. Ampliación, profundización y operativización”;
y
CONSIDERANDO:
Que la convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad le impone a las instituciones del
estado que aseguren que las personas con discapacidad tengan acceso general a
la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el
aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de
condiciones con las demás;
Que las políticas que favorezcan la
accesibilidad desde la perspectiva de discapacidad imponen interdisciplinariedad
en el abordaje de su diseño, así como transversalidad e interseccionalidad
entre todos los ámbitos de la institución;
Que es prioritario disponer de un
diagnóstico asertivo al interior de la institución que provea de insumo
significativo y representativo para delinear un mecanismo estratégico, de
aplicación sistemática y sostenida, de evolución gradual y de mejora continua.
Una herramienta fundamental para la inclusión de todas las personas que
conforman la comunidad universitaria, respetando la diversidad en general y,
desde la perspectiva específica de la dimensión educativa, mejorando la
formación de cada estudiante y, por consiguiente, la inclusión laboral y
social;
Que condicionado a los recursos
disponibles, es perentorio realizar los ajustes razonables que aseguren la
progresiva eliminación de las barreras físicas, académicas y comunicacionales
para asegurar el acceso a la educación superior;
Que se impone la necesidad de
visibilizar desde la perspectiva de discapacidad la accesibilidad en la UNS,
dimensionar las demandas y sus alcances para que, contando con el capital
humano y los recursos de infraestructura adecuados, pueda darse inmediato
inicio a un proyecto que arrojará inicialmente indicadores que se transformarán
inmediatamente en insumo y referencia en el diseño y la implementación de las
etapas subsiguientes;
Que lograda la etapa inicial y
evaluando los resultados logrados se dispondrán de antecedentes que resultarán
sustento para la gestión de mecanismos especiales de financiamiento ante otros
organismos de manera de favorecer la viabilización de
la profundización gradual de los objetivos y los alcances del Programa;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó por unanimidad, en su reunión del 09 de diciembre de 2020,
lo aconsejado por su comisión de Enseñanza;
Que lo aprobado se enmarca en el
Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico
Institucional aprobado por Res. CSU-325/12;
POR ELLO,
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar
el Programa Integral de Accesibilidad en la UNS en acuerdo a lo establecido en
los Anexos I y II.
ARTÍCULO 2°: Pase a
la Subsecretaría de Derechos Humanos a sus efectos y, por su intermedio,
comuníquese a la Secretaría General de Bienestar Universitario, a la Secretaría
General Académica, a la Subsecretaría de Desarrollo Estudiantil, a la Dirección
General de Sistemas de Información y a todas las Unidades Académicas. Gírese a
la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido,
archívese.
DR. DANIEL A.VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
ABOG. MARIO A. ARRUIZ
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
I
Resolución CSU-573/2020
PROGRAMA
INTEGRAL DE ACCESIBILIDAD EN LA UNS
Etapa
Inicial
El Programa Integral de
Accesibilidad en la UNS procura avanzar en el análisis integral del modelo
social de la discapacidad, haciendo hincapié en la formación de nuevos perfiles
profesionales, promoviendo la investigación y vinculación tecnológica en la
temática y articulando con el diseño, planificación y ejecución de las
decisiones políticas y académicas pertinentes, que contribuyan a hacer realidad
una Universidad inclusiva, en pos de efectivizar los derechos humanos de todas
las personas.
Objetivos:
La etapa inicial del programa
procura la elaboración de un informe que visibilice la realidad de la temática
al interior de la institución y sugiera un dispositivo de alcance institucional
con las correspondientes fundamentaciones.
Equipo de Trabajo:
Conformarán el equipo de trabajo
Andrea MONTANO (SSDDHH), Lidia GAMBÓN (SGA), Diana SÁNCHEZ (SGBU), Gonzalo
FALZONI y Julián HERLEIN (SSDE), las/os estudiantes Greta MASINI, María Camila
PERILLI, Ignacio Fernández SALLUSTIO, Nicolás SCHWINDT, estudiantes que cursan
(4523) “Taller Integrador IV: Práctica Profesional Supervisada”, las docentes
del mencionado Taller obligatorio de 4to año de la Carrera Licenciatura en
Ciencias de la Educación, Cristina Adrián y Sandra Alarcón, y el estudiante
Julián FERRETTI como colaborador en formato de pasante interno UNS.
Modalidad de Trabajo:
Logrado el relevamiento de los
antecedentes a nivel institucional y, basados en el marco teórico de la
temática se elaborará un documento que resultará insumo para la implementación
del Mecanismo General descripto en el Anexo II.
Las/os estudiantes Greta MASINI,
María Camila PERILLI, Ignacio FERNÁNDEZ SALLUSTIO, Nicolás SCHWINDT y Julián
FERRETTI a partir de un proceso de investigación y contribuyendo desde su
ámbito disciplinar específico al proyecto bajo la guía docente de las
profesoras Cristina ADRIÁN y Sandra ALARCÓN darán cumplimiento al objetivo
previsto en su práctica profesional supervisada o en la pasantía interna UNS en
el último caso.
Se realizarán encuentros semanales
que favorezcan los aportes de las diferentes Secretarías y Subsecretarías del
Rectorado UNS que participan del programa.
Todo el abordaje se desarrollará en
equipo, colaborativa, interdisciplinaria y sinérgicamente.
Resultados
Las/os estudiantes presentan el
documento final en el ámbito de comisiones del Consejo Superior Universitario.
Las Secretarías y Subsecretarías
elevan un proyecto de resolución al CSU procurando lograr la
institucionalización de la iniciativa que luego admitirá la implantación
sostenida del Mecanismo General descripto en el Anexo II.
ANEXO
II
Resolución CSU-573/2020
PROGRAMA
INTEGRAL DE ACCESIBILIDAD EN LA UNS
Mecanismo
General
El Programa Integral de
Accesibilidad en la UNS procura avanzar en el análisis integral del modelo
social de la discapacidad y será coordinado por la Secretaría General
Académica, la Secretaría General de Bienestar Universitario, la Subsecretaría
de Desarrollo Estudiantil y la Subsecretaría de Derechos Humanos.
Aspectos Generales:
El mecanismo general del programa
propone una red de dispositivos institucionales que colaborarán articulada y
sinérgicamente en asegurar la accesibilidad a la UNS de las/os estudiantes con
discapacidad en la UNS. A partir de las gestiones conducidas por las
Secretarías de Rectorado, armonizando los recursos de las dependencias que se
ocupan de becas y la asistencia médica integral, se articulará con Decanas/os,
Secretarías Académicas y equipos de tutoras/es de las Unidades Académicas el
acompañamiento cercano de los casos.
Será un objetivo fundamental
visibilizar el mecanismo en toda la comunidad universitaria para procurar la
oportunidad de acceso al mismo de todas/os quienes así lo requieran.
Cronograma Anual de implementación
1- Conforme el calendario
académico, cada año la SGA promoverá a través de las dependencias
correspondientes (Dirección de Gestión curricular y Oficina de Ingresos), el
proceso de inscripción de ingresantes al ciclo lectivo próximo siguiente
considerando que el formulario correspondiente en el SIU-Guaraní incorpore la
pestaña de datos de potenciales situaciones de discapacidad.
2- El 1 de febrero de cada año, a
solicitud de la SSDDHH la DGSI reportará, con la confidencialidad que la
situación impone, el registro de estudiantes con discapacidad que se incorporan
como estudiantes ingresantes a la UNS.
3- El 1 de febrero de cada año, a
solicitud de la SSDDHH el Departamento de Sanidad reportará con la
confidencialidad que la situación impone, el registro de estudiantes que en
examen de salud de ingreso hubiesen completado en su historia clínica digital
alguna información respecto de la discapacidad autopercibida.
4- La SSDDHH registrará cada caso
para dar a su interior el debido seguimiento y notificará inmediatamente a:
La Asesoría Pedagógica de la UNS
para que resuma una recomendación particular respecto de los aspectos que se
sugieren pertinentes abarcar en relación a las barreras académica y
comunicacionales que la/el estudiante pueda tener que afrontar para cursar sus
estudios en la UNS. En particular, formato de clases, de material de estudio,
alternativas de evaluación, entre otras.
La SGA que a su vez dará parte a
las Unidades Académica que los anidarán. La/el destinataria/o formal
designada/o en el programa será la/el Secretaria/o Académica/o quien deberá motorizar
el circuito de acompañamiento de la trayectoria académica del estudiante al
interior del Departamento comunicando la situación general a las/os docentes
que participarán del proceso formativo ese cuatrimestre.
La SGBU para que una Trabajadora Social
del equipo realice una entrevista que permita la incorporación de elementos
valiosos en relación a la condición socio económica de la /del estudiante, si
cuenta con obra social, si está siendo acompañada/o por algún profesional o
equipo de profesionales, la situación socio económica del núcleo familiar, etc.
Deberán, además, ponerse a disposición los mecanismos de becas y subsidios
financiados por la UNS y facilitar las gestiones de solicitud de los mismos
considerando que reglamentariamente el plazo de admisión expira el último día
del mes de febrero de cada año.
La SSDE que dará parte a las/os
tutoras/es pares de las Unidades Académicas que coordinan las carreras en las
que las/os estudiantes ingresantes y regulares con discapacidad para que
colaboren con la orientación para las gestiones administrativas, el proceso de
inscripción a materias y pongan a disposición sus datos de contacto.
5- El plantel de tutoras/es de cada
departamento agendará una comunicación mensual poniendo a disposición su acompañamiento
y relevando las fortalezas y debilidades percibidas por cada una/o de las/os
estudiantes en la cotidianeidad al interior de la UNS. Si se relevasen
situaciones que sugieren necesidad de intervención, se reportará a la SSDDHH
para que gestione la acción tendiente a su atención.
6- El 1 de Abril de cada año la
SSDDHH contactará a todas/os las/os estudiantes con discapacidad listados en su
registro consultando por demandas extraordinarias que pudiese haber relevado en
relación a accesibilidad a clases por recursos, material de estudio o
infraestructura edilicia.
7- El 1 de Julio de cada año la
SSDDHH relevará la situación académica lograda por cada estudiante.
8- El 15 de Julio de cada año los
tutores relevarán la situación académica lograda por cada estudiante ingresante
y regular, colaborará con la diagramación de los exámenes y la planificación
del cuatrimestre siguiente que se anticipará a la SSDDHH.
9- El 1 de agosto de cada año la
SSDDHH comunicará a cada Departamento, por intermedio de la/el Secretaria/o
Académica/o, las materias que la/el estudiante cursará el cuatrimestre próximo
siguiente para que se dé pronta comunicación a los planteles docentes de las
mismas.
10- Los planteles de tutoras/es
restablecen la agenda de comunicación mensual durante el segundo cuatrimestre.
11- El 1 de Septiembre la SGBU
girará una comunicación personalizada reiterando la puesta a disposición de los
sistemas de becas y subsidios de la UNS.
12- El 1 de Diciembre la SSDDHH
relevará el desempeño académico de cada estudiante ingresante al Programa.
Las/os tutoras/es contactarán a
las/os estudiantes del programa poniendo a disposición orientación para la
diagramación de exámenes y planificación del cuatrimestre siguiente.
13- El 15 de Diciembre la SSDDHH
elevará al CSU un informe general de los resultados del Programa durante el año
en curso.
DR. DANIEL A.VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
ABOG. MARIO A. ARRUIZ
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO