SUBSIDIOS A PROYECTOS INSTITUCIONALES

Resolución CSU-580/00

Expediente SGCyT-1576/97 2º cuerpo.

BAHIA BLANCA, 25 de agosto de 2000.

VISTO:

La nota presentada a fs. 447 por el Director General de Economía y Finanzas; y

CONSIDERANDO:

Que existen Proyectos Institucionales que no se encuadran dentro del procedimiento especial establecido por la Resolución CU-186/92;

Que los Subsidios a dichos proyectos son otorgados en forma excepcional, debiéndose establecer una normativa específica para su manejo económico-administrativo;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 23/8/00, el dictamen de las Comisiones de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios, Interpretación y Reglamento y Economía y Finanzas;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Establecer que los Subsidios a Proyectos Institucionales, destinados exclusivamente a la adquisición de bienes inventariables, deberán cumplir con la normativa vigente respecto de la Ley de Contrataciones y sus Reglamentos y la registración y pago de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración Financiera.

ARTICULO 2º).- Los responsables de la administración de tales subsidios tramitarán las compras por la Dirección General de Economía y Finanzas, presentando ante la Secretaría General de Ciencia y Tecnología copia de la actuaciones y legajos respectivos.

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su conocimiento y comunicación a los Departamentos Académicos. Elévese a la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, vuelva a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

DR. GUSTAVO A. ORIOLI

VICERRECTOR

DR. EDGARDO GÜICHAL

SECRETARIO GENERAL ACADEMICO

a/c. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO