SUBSIDIOS A PROYECTOS INSTITUCIONALES
Resolución CSU-580/00
Expediente SGCyT-1576/97 2º cuerpo.
BAHIA BLANCA, 25 de agosto de 2000.
VISTO:
La nota presentada a fs. 447 por el Director General de Economía y Finanzas; y
CONSIDERANDO:
Que existen Proyectos Institucionales que no se encuadran dentro del procedimiento especial establecido por la Resolución CU-186/92;
Que los Subsidios a dichos proyectos son otorgados en forma excepcional, debiéndose establecer una normativa específica para su manejo económico-administrativo;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 23/8/00, el dictamen de las Comisiones de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios, Interpretación y Reglamento y Economía y Finanzas;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Establecer que los Subsidios a Proyectos Institucionales, destinados exclusivamente a la adquisición de bienes inventariables, deberán cumplir con la normativa vigente respecto de la Ley de Contrataciones y sus Reglamentos y la registración y pago de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración Financiera.
ARTICULO 2º).- Los responsables de la administración de tales subsidios tramitarán las compras por la Dirección General de Economía y Finanzas, presentando ante la Secretaría General de Ciencia y Tecnología copia de la actuaciones y legajos respectivos.
ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su conocimiento y comunicación a los Departamentos Académicos. Elévese a la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, vuelva a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.
DR. GUSTAVO A. ORIOLI
VICERRECTOR
DR. EDGARDO GÜICHAL
SECRETARIO GENERAL ACADEMICO
a/c. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO