OFICIALIZA GRUPO DE DANZA PULSIONES DEPENDIENTE DE LA SEC. DE CULTURA Y EXTENSION UNIVERSITARIA (SUBSEC. DE CULTURA)

 

Resolución CSU-584/07

Expediente 2129/07.

 

BAHIA BLANCA, 18 de setiembre de 2007.

 

            VISTO:

            Que el Estatuto de la Universidad Nacional del Sur establece en su Artículo 3º que “debe ser una institución abierta a las exigencias de su tiempo y de su medio y propender a la conservación, transmisión y acrecentamiento del patrimonio cultural”; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es función de la Universidad estimular toda forma de manifestación y propender a su difusión en el medio;

            Que la Universidad constituye un centro de relevancia en la vida cultural de la ciudad de Bahía Blanca y zona de influencia;

            Que el grupo coreográfico “PULSIONES”, conformado por personas con y sin discapacidad  física, desarrolla sus actividades desde el año 2003 en la Universidad Nacional del Sur a través de la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria;

            Que el aporte de esta propuesta, basada en el arte del movimiento y la salud, permite la utilización del cuerpo como modo de expresión;

            Que el Grupo “PULSIONES” favorece la inclusión y la diversidad cultural en el anhelo de conformar una sociedad con menor discriminación;

            Que el Grupo ha logrado trascendencia y consolidación por su calidad artística y significado social;

            Que el Grupo cuenta con el padrinazgo del primer bailarín Maximiliano GUERRA, quien avala con este respaldo su trayectoria;

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó con modificaciones, en su reunión del 18 de julio de 2007, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Oficializar el Grupo PULSIONES de Danza Inclusiva dependiente de la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria, Subsecretaría de Cultura, de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria a sus efectos. Tome razón la Dirección de Prensa y Ceremonial y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO