PLANES DE ESTUDIO

LICENCIATURA EN ECONOMIA (PLAN, PERFIL Y ALCANCES DEL TITULO)

 

Resolución CSU-592/11

Expte. 2688/11

 

BAHIA BLANCA, 3 de octubre de 2011.

 

            VISTO:

            El plan de estudios de la carrera Licenciatura en Economía elevado por resolución del Consejo departamental de Economía CDE-235/11 y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es atribución del Consejo Superior Universitario  la aprobación de los planes de estudios;

           

            Que la propuesta se enmarca en la normativa vigente (CSU-576/03  y CSU-628/04);

 

            Que la Dirección General de Alumnos y Estudios ha realizado los controles pertinentes conforme a la resolución CSU-101/06;

 

            Que el plan de estudios propuesto cumple con la extensión y carga horaria mínima para calificar como carrera de grado universitario conforme a la disposición 01/10 de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas en su reunión del 28 de setiembre de 2011, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º).- Aprobar el Plan de Estudios de la carrera “Licenciatura en Economía”, vigente a partir del primer cuatrimestre de 2012, que consta como Anexo de la presente.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica, a la Dirección General de Alumnos y Estudio y al Departamento de Economía a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

NOTA:  Debido a su extensión, esta resolución se publica sintetizada.

 

A N E X O

Res. CSU-592/11

 

PLAN DE ESTUDIOS LICENCIATURA EN ECONOMIA 2012.

 

Perfil del Egresado

El Departamento de Economía de la UNS se propone formar un LICENCIADO EN ECONOMIA con un perfil profesional amplio que satisfaga los siguientes requerimientos:

 

          Sea capaz de desempeñarse en un contexto económico-social complejo, caracterizado por una creciente globalización.

          Posea una sólida formación de base, como así también en las disciplinas de su profesión para poder resolver los problemas profesionales básicos, más generales y frecuentes de su incumbencia.

          Esté sólidamente capacitado y motivado para acceder a estudios de posgrado.

          Posea aptitud para investigar en el área de su especialidad.

          Posea capacidad para expresarse con claridad, tanto en la comunicación oral como escrita, en sus relaciones con terceros y en la emisión de sus informes.

          Acredite una efectiva comprensión en idioma inglés.

          Posea capacidad para analizar y avaluar con rigor los procesos vinculados a la realidad económica, social y política de nuestros días.

          Posea idoneidad para desarrollar criterios propios, en un medio de incertidumbre, basados en la investigación, la creatividad e innovación, que le permita participar activamente en las transformaciones de la sociedad.

          Tenga idoneidad y predisposición para integrar equipos de trabajo multidisciplinarios.

          Asuma el compromiso ético de trabajar al servicio de la sociedad.

 

El Licenciado en Economía de la UNS deberá ser un graduado capaz de desempeñarse con idoneidad y eficacia en el campo profesional según lo legislado a nivel nacional por la Ley Nº 20488 y a nivel provincial por la Ley Nº 10620.

 

ALCANCES DEL TITULO Y CAMPO PROFESIONAL DEL LICENCIADO EN ECONOMIA SEGÚN LA NORMATIVA VIGENTE.

 

Las incumbencias profesionales de los graduados en Ciencias Económicas se encuentran legisladas por la Ley Nacional 20488 y por la Ley Nº 10.620 de la Provincia de buenos Aires. A continuación se transcriben las incumbencias profesionales correspondientes al título de Lic. en Economía.

 

Ley 20.488

Art. 11º.- Se requerirá título de Licenciado en Economía o equivalente:

 

a) Para todo dictamen destinado a ser presentado a autoridades judiciales, administrativas o a hacer fe pública relacionado con el asesoramiento económico y financiero para:

 

  1. Estudios de mercado y proyecciones de oferta y demanda sin perjuicio  de la actuación de graduados de otras disciplinas en las áreas de su competencia.
  2. Evaluación económica de proyectos de Inversions sin perjuicio de la actuación de graduados de otras disciplinas en las áreas de su competencia.
  3. Análisis de coyuntura global, sectorial y regional.
  4. Análisis del mercado externo y del comercio internacional.
  5. Análisis macroeconómico de los mercados cambiarios de valores y de capitales.
  6. Estudios de programas de desarrollo económico global, sectorial y regional.
  7. Realización e interpretación de estudios econométricos.
  8. Análisis de la situación, actividad y política monetaria, crediticia, cambiaria, fiscal y salarial.
  9. Estudios y proyectos  de promoción industrial, minera, agropecuaria, comercial, energética, de transporte y de infraestructura en sus aspectos económicos.
  10. Análisis económico del planeamiento de recursos humanos y evaluación económica de proyectos y programas atinentes a estos recursos.
  11. Análisis de la política industrial, minera, energética, agropecuaria, comercial, de transportes y de infraestructura en sus aspectos económicos.
  12. Estudios a nivel global, sectorial y regional sobre problemas de comercialización, localización y estructura competitiva de mercados distribuidores, inclusive la formación de precios.
  13. Toda otra cuestión relacionada con economía y finanzas con referencia a las funciones que le son propias de acuerdo con el presente artículo.

 

b) Como perito en su materia en todos los fueros, en el orden judicial.

 

Ley 10.620

Art. 10º.- Se requerirá título de licenciado en economía:

 

a) En materia extrajudicial, cuando los informes, dictámenes y certificaciones estén destinados a ser presentados ante los poderes públicos, entidades públicas, mixtas o privadas y ante particulares o a su difusión pública y sean  consecuencia de las siguientes actividades:

 

  1. Estudios y programas de desarrollo económico global, sectorial y regional;
  2. Análisis histórico de los indicadores económicos, tanto en su comportamiento individual como en su interrelación conjunta.
  3. Análisis de coyuntura global, sectorial y regional;
  4. Análisis del mercado externo y del comercio internacional, incluyendo temas como constitución de empresas conjuntas entre dos o más países, transferencias de tecnologías, estudio de precios y costos de exportación de bienes y servicios destinados a la importación y/o exportación, transitorias o no; concreción de dichos negocios en el exterior ante organismos competentes, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  5. Análisis de los mercados cambiario, de valores y de capital;
  6. Análisis de la situación, actividad y política monetaria, crediticia, cambiaria, fiscal y salarial;
  7. Estudio de mercado y proyecciones de oferta y demanda, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  8. Estudios económicos de empresas privadas o públicas, cuando sean requeridos por los entes otorgantes para solicitar créditos, subvenciones y/o exenciones  impositivas;
  9. Estudios y proyectos de promoción industrial, minera, agropecuaria, comercial, energética, de transporte y de infraestructura, en sus aspectos económicos;
  10. Análisis económico del planeamiento de recursos humanos y evaluación económica de proyectos y programas atinentes a estos recursos;
  11. Análisis económico de la política industrial, minera, en4ergética, agropecuaria, comercial, de transporte y de infraestructura;
  12. Estudio a nivel global, sectorial y regional, sobre problemas de comercialización, localización y estructura competitiva y de mercados distribuidores, inclusive la formación de precios, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de competencia;
  13. Análisis de los recursos y factores de producción;
  14. Evaluación y estudio de factibilidad  en los aspectos económicos y financieros para proyectos de inversión y radicación de capitales, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  15. Elaboración de proyectos de urbanización, remodelación, planeamiento urbano y regional en lo atinente a su aspecto económico-financiero, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia.
  16. Realización del estudio y determinación del salario real en lo referente a relaciones económicas entre los sectores patronales y obreros, ya sean éstos de índole pública o privada;
  17. Elaboración y análisis de presupuestos en entres públicos en sus aspectos económicos, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  18. Planeamiento económico-financiero de sistemas de seguridad social, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  19. Intervención en la elaboración de políticas tributarias en las jurisdicciones nacionales, provinciales y municipales, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  20. Evaluación de los efectos de la legislación fiscal, nacional, provincial y municipal sobre la situación económico-financiera y patrimonial de las empresas y otros entes, sin perjuicio de la actuación conjunta con otros graduados en ciencias económicas en las áreas de su competencia;
  21. Recopilación, procesamiento y análisis de información tendiente a las realización e interpretación de estudios econométricos;
  22. Elaboración de estudios económico-financieros con motivo de la actuación en acuerdos preconcursales;
  23. Actuación como árbitro en materias de su competencia;

 

 

b) En materia judicial:

 

  1. Como perito en su materia en todos los fueros
  2. Como consultor técnico a propuesta de partes, en su materia, en todos los fueros.

 

c) En relación de dependencia, permanente o transitoria, en entidades pública, privadas o mixtas, cualquiera fuere la naturaleza jurídica de las mismas, cuando se requiera la suscripción de informes científicos o técnicos o en los casos de ocupación de cualquier cargo referido a las actividades previstas en el inciso a) del presente artículo.