PRORROGA VENCIMIENTO CURSADO ALUMNOS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO

 

Resolución CSU-59/13

Expte. X-33/05

 

BAHIA BLANCA, 20 de mayo de 2013.

 

            VISTO:

            La importancia que la Universidad Nacional del Sur le otorga a los programas de intercambio y el énfasis que se pone para que cada año más alumnos puedan realizar dichos intercambios; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que existe un aumento considerable año tras año de la cantidad  de intercambio que se concretan;

 

            Que resulta engorroso para los alumnos realizar trámites administrativos a la distancia;

           

            Que los intercambios suelen extenderse  por más de seis meses y durante ese período los alumnos no tienen la posibilidad de rendir finales;

 

            Que las materias cursadas en varios departamentos académicos tienen un plazo de vencimiento y el trámite para solicitar  la prórroga de dicho plazo resulta extenso y complejo;

 

            Que existe la posibilidad de extender automáticamente  el vencimiento de dichas materias o congelar el plazo de vencimiento de las mismas durante el período de intercambio;

 

            Que la prórroga automática agilizaría y facilitaría la readaptación del alumno a su regreso de la experiencia realizada y posibilitaría al mismo reinsertarse en la UNS rápidamente para poder continuar con sus exámenes;

 

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 13 de marzo de 2013, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Prorrogar en forma automática el vencimiento del cursado de las materias para los alumnos que realicen intercambios estudiantiles avalados por la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 2º).- La prórroga se aplicará a las materias cuyo vencimiento se produzca desde quince (15)  días antes y hasta quince (15) días después de la finalización del intercambio, y la misma se extenderá por un período igual al que  le faltaba al alumno, al momento de comenzar el intercambio.

 

ARTICULO 2º).-Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudios a sus efectos. Comuníquese a los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO