COMISION INFORMATIVA

YMAD

 

Resolución  CSU-601/10

Expte. 163/2009

 

Bahía Blanca, 15 de julio de 2010

 

            VISTO:

La resolución CSU-897/09 que constituye una Comisión Informativa que tiene por objeto informar a este Consejo sobre tres aspectos: a) Si la actividad principal de Minera Alumbrera YMAD U.T.E. y/o demás empresas vinculadas a la explotación del yacimiento Bajo La Alumbrera son contaminantes y en qué medida; b) Si las sumas recibidas y a recibir en concepto de utilidades del YMAD se condicen con las pautas de distribución de la ley 14.771; c) Existencia y estado procesal de causas penales contra directivos de empresas vinculadas a la explotación del yacimiento Bajo La Alumbrera originadas en eventuales afectaciones al medio ambiente; y

 

            CONSIDERANDO:

Que dicha Comisión Informativa será coordinada por el Secretario General del Consejo Superior Universitario y estará compuesta por tres miembros designados por este Consejo a propuesta los Departamentos de Geología, Ciencias de la Administración y Derecho; 

 

Que el Consejo Superior Universitario solicitó por nota CSU-58/2009 la designación de los representantes de los Departamentos de Geología, Ciencias de la Administración y Derecho;

 

           Que el Consejo Departamental de Ciencias de la Administración propuso al Profesor Mario Eidenson (Leg. 3479) por resolución CDCA-677/09;

 

Que la Vice Directora Decana del Departamento de Geología “ad referéndum” del Consejo Departamental propuso al Dr. Eduardo Domínguez (Leg. 4997) por resolución GD-1/2010;

 

           Que el Consejo Departamental de Derecho propuso a la Mg. María Graciela Cortazar (Leg. 9106) por resolución CD-313/10;

 

  Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 14 de julio de 2010, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO,

El CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Constituir la Comisión Informativa, conforme a la Res. CSU- 897/09, con los siguientes representantes:

 

 

ARTÍCULO 2º: Tome razón la Secretaría General Técnica. Comuníquese a los Departamentos Académicos de Geología, Ciencias de la Administración y Derecho. Cumplido, archívese.

 

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR