SISTEMA DE INECUACION
MODIF. TRANSITORIA RES. CSU-951/05 ART. 1º ANEXO
Resolución CSU- 627/10
Expte. X-33/2005 (866/1967).
ahía Blanca, 12 agosto de 2010
VISTO:
Las Resoluciones CSU-951/05 y
CSU-308/06 mediante las cuales se aprobó y puso en vigencia el sistema de
inecuación que fija el número máximo de asignaturas que pueden cursar los
alumnos en un cuatrimestre; y
CONSIDERANDO:
Que debido a la modificación del
calendario universitario según Res.R-603/09 y su
ratificatoria CSU-599/09, se alteró el normal desarrollo de los períodos de
exámenes finales durante el año 2009;
Que las modificaciones transitorias realizadas
anteriormente han generado un desfase entre la inecuación original expresada
por
Que es conveniente hacer una
especial consideración en el marco de esta situación excepcional, a fin de que
los alumnos no se vean perjudicados en el cursado del segundo cuatrimestre del
corriente año;
Que es aconsejable modificar
transitoriamente el número de materias totales consideradas en la inecuación a
los efectos del control de inscripciones a cursados en el segundo cuatrimestre;
Que una nueva modificación a la
norma implicará, a futuro, nuevas reformas a la misma;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 11 de agosto de 2010, lo
aconsejado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°: Incrementar, en forma transitoria y a los efectos del control de
inscripciones a cursadas del segundo cuatrimestre de 2010, en uno (1) el número de asignaturas totales
previsto para cada carrera, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 1° del Anexo de
ARTÍCULO
2°: Pase a
MG. MARIA DEL
CARMEN VAQUERO VICERRECTORA UNS
DR. DIEGO
DUPRAT
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO