ETAPAS DE NIVELACIÓN PARA INGRESO A LA
UNS
DEROGA CSU-656/04
Resolución CSU-627/22
Expte 90/17
BAHÍA
BLANCA, 08 de septiembre de 2022
VISTO:
La
resolución CSU-544/21 (Anexo II) y sus modificatorias (resoluciones CSU-394/22
y CSU-488/22), que rigen el Calendario de Ingresantes de la UNS 2023;
La
resolución CSU-656/04 que aprueba la Etapa de Nivelación como parte del
mecanismo de ingreso a la UNS, y la Res. CSU-510/13 que aprueba el mecanismo de
promoción para los cursos de nivelación;
La
resolución CSU-506/20 y la resolución CSU-484/21, por la que se dejaron sin
efecto, transitoriamente y para los ingresos-UNS 2021 y 2022 (1º y 2º
cuatrimestre), las resoluciones mencionadas en el visto anterior;
El
análisis de la Secretaría General Académica de los resultados de las distintas
etapas de Nivelación implementadas en 2021 y 2022, así como los informes y el
balance realizado por las y los Coordinadoras/es de Acciones Tutoriales
respecto de las acciones de acompañamiento para ingresantes en los dos últimos
años;
La nota
de la Secretaría General Académica mediante la cual eleva el proyecto de
mecanismo de ingreso a la UNS para su tratamiento; y
CONSIDERANDO:
Que la
normativa vigente para el ingreso (Res. CSU-656/04), modificada
transitoriamente durante la pandemia, tiene ya casi dos décadas, y requiere
readecuaciones en función de las necesidades actuales de las y los estudiantes,
así como de los aprendizajes y experiencias adquiridos en los dos últimos años,
y de los cambios implementados para agilizar y facilitar el proceso de
preinscripción para el ingreso a la UNS;
Que es
necesario contar con una norma definitiva, a fin de poder difundir con claridad
la modalidad de ingreso a la UNS;
Que el
ingreso a la universidad supone siempre nuevos desafíos para las/os
ingresantes, desafíos que involucran diversos aspectos relacionados con el
aprendizaje del oficio de estudiante universitario (administración del tiempo,
capacidad de adaptación a una nueva estructura organizacional y a las demandas
académicas);
Que los
resultados obtenidos en los cursos de asignaturas de nivelación, a partir de la
implementación de la normativa transitoria (Res. CSU-506/20 y Res. CSU-484/21),
han sido satisfactorios;
Que para
el ingreso 2022, las distintas etapas de Nivelación fueron diagramadas y
desarrolladas por las unidades académicas en formato mixto, recurriéndose al
uso combinado de mediaciones físicas y virtuales, con diferente grado e
intensidad, lo que permitió capitalizar la experiencia de la pandemia y ampliar
las posibilidades de interacción pedagógica con la incorporación de tecnologías
digitales en el marco del retorno a la presencialidad
plena en la UNS;
Que, en
particular, algunos de los aspectos del ingreso 2022 (el carácter obligatorio
de los cursos, el formato de desarrollo mixto, su mayor extensión en el tiempo
y la evaluación periódica de las/os aspirantes e ingresantes) han sido
ponderados positivamente por los Coordinadores de Acciones Tutoriales de las
Unidades Académicas, y entendidos como mejoras al mecanismo existente de
acompañamiento para ingreso a la UNS;
Que, en
cambio, algunos de los mecanismos previstos en la resolución CSU-654/04, como
el examen diagnóstico de diciembre y los llamados “Cursos Remediales”, ameritan
ser eliminados y/o reemplazados definitivamente, a la luz de los resultados de
los cambios introducidos en la Nivelación para ingreso 2021 y 2022 y, asimismo,
de los cambios y las mejoras introducidas en el proceso de preinscripción;
Que,
conforme a la modificación del calendario para ingresantes 2023 oportunamente
aprobado (resolución CSU-394/22), el 28 de noviembre inicia el período de
preinscripción para todas las carreras de la UNS, incluyendo la implementación
del TAU para el ingreso a Medicina;
Que el
Consejo Superior Universitario aprobó con modificaciones, sobre tablas, en su
reunión del 07 de septiembre de 2022, lo aconsejado por su Comisión de
Enseñanza;
POR
ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Derogar la resolución CSU-656/04 correspondiente al Texto Ordenado del
Mecanismo de Ingreso a la UNS.
ARTÍCULO
2º: Aprobar las Etapas de Nivelación para ingreso a la UNS según el mecanismo
que obra como Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO
3º: Pase a la Secretaría General Académica, y por su intermedio, a los
Departamentos Académicos y a la Dirección General de Gestión Académica.
Comuníquese a la Secretaría General de Bienestar Universitario y Subsecretaría
de Desarrollo Estudiantil, y a la Subsecretaría de Derechos Humanos. Dese a la
Dirección General de Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido,
archívese.
DR. DANIEL
ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DRA. ANDREA
CASTELLANO
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
A N E X O I
Resolución
CSU-627/2022
1. Para
ingresar a la UNS, la/el aspirante deberá cumplir con los requisitos formales
fijados por la Dirección General de Gestión Académica, y completar la
preinscripción en el período determinado en el Calendario de Ingresantes UNS.
2. En
los casos en que las Unidades Académicas (UA) hubieran establecido requisitos
de nivelación, las/os alumnas/os deberán cumplimentar, con carácter
obligatorio, los requerimientos de la Etapa de Nivelación definidos para su
carrera. La modalidad y condiciones se detallan en el Anexo II de la presente
resolución.
3. El
mecanismo de ingreso para la Etapa de Nivelación se estructura en dos momentos
(Etapa de Nivelación I y II), según el detalle que obra como Anexo II de la
presente resolución. Su diseño comprende las acciones a desarrollar coordinadas
desde la Secretaría General Académica, los Cursos de Nivelación y las
Actividades de Construcción del Oficio de Estudiante Universitario (COEU). Será
requisito de la Nivelación la asistencia a los encuentros obligatorios del
COEU.
I. Sobre los Cursos de Nivelación:
4. Los
Cursos de Nivelación serán concebidos y estructurados para promover la
filiación institucional, y procurarán en su integración conjunta cubrir las
necesidades cognitivas y de motivación requeridas para abordar las asignaturas
afines de los planes preferenciales. Brindarán al ingresante la posibilidad de
completar y/o rever los contenidos del nivel secundario que sean competentes
para la carrera en la que se inscribió.
5. Las
UA determinarán, a través de sus Comisiones Curriculares, la necesidad de
Cursos de Nivelación, proponiendo hasta un número de dos por carrera. La
proposición y/o eliminación de estos cursos deberá ser comunicada oportunamente
a la Secretaría General Académica, será incluida en los Planes de Estudio y
aprobada, consiguientemente, por el Consejo Superior Universitario.
6. Los
contenidos de los distintos Cursos de Nivelación se difundirán en la página web
de la UNS (sitio Ingreso).
II. Sobre las condiciones de aprobación
de los Cursos y la Etapa de Nivelación:
7. Los
Cursos de Nivelación tendrán lugar en modalidad presencial o mixta, según
determinen las UA involucradas y se desarrollarán en la plataforma
institucional.
8. Las
UA responsables de los Cursos de Nivelación fijarán las condiciones para su
aprobación, previendo, en todos los casos, una instancia de recuperación
complementaria.
9. Las
evaluaciones serán presenciales. Serán coordinadas con la Secretaría General
Académica, previo al inicio de la etapa, a fin de posibilitar la debida reserva
de espacios. Las UA responsables de los cursos requeridos en la Nivelación
definirán los indicadores de la promoción, que será la única modalidad de
aprobación. La evaluación y aprobación de cada uno de los cursos se computará
de forma independiente.
10. El
Curso se desarrollará en seis semanas obligatorias. Las/os alumnas/os que no
alcancen los objetivos del curso tras su desarrollo tendrán opción a la
instancia compensatoria y recuperatoria, que tendrá
lugar en la séptima semana. Al finalizar el Curso, después de esta última
semana compensatoria, las y los profesores responsables elaborarán el acta con
la calificación final: APROBADO/DESAPROBADO/AUSENTE.
III. Actividades de “Construcción del
Oficio de la /del Estudiante Universitaria/o”
11. Además
de los cursos, la Etapa de Nivelación comprenderá las actividades de
“Construcción del Oficio de la /del Estudiante Universitaria/o” (COEU). Estas
actividades se desarrollarán en encuentros; su coordinación e implementación
estará a cargo de la Secretaría General Académica, y de la Secretaría de
Bienestar Universitario (Subsecretaría de Desarrollo Estudiantil). Las
actividades tendrán como objetivo mejorar la inserción de la/del alumna/o en el
sistema universitario, familiarizándolo con la estructura institucional, con
sus deberes y derechos, y con todo lo atinente a la gestión académica y a los
aspectos vinculados al bienestar universitario que resulten beneficioso para su
adaptación.
A N E X O II
Resolución
CSU-627/22
Etapa de Nivelación I
1. La Etapa
de Nivelación I iniciará con las acciones promovidas por la Secretaría General
Académica en el año previo al ingreso; estas comprenderán ciclos de charlas
sobre temas tales como trámite de preinscripción, difusión de direcciones y
medios de comunicación, talleres sobre Moodle-UNS y/o SIU GUARANÍ para
ingresantes, talleres de técnica de estudio y de alfabetización en gestión de
la información, etc. Estas acciones, desarrolladas en formato virtual y/o
presencial, serán coordinadas por la Secretaría General Académica, y no tendrán
carácter obligatorio para las/os ingresantes.
2. La
Etapa de Nivelación I propiamente dicha se desarrollará a partir de la última
semana del mes de enero y hasta el día hábil inmediatamente anterior al inicio
de clases del primer cuatrimestre del año académico de ingreso. Tendrá una
duración de siete semanas, la última de las cuales será complementaria y estará
destinada específicamente a las/os ingresantes que no hubieren alcanzado la
aprobación del curso durante su desarrollo. Se recomienda a las Unidades
Académicas que la primer semana de la nivelación se
dicte a través de actividades virtuales.
Etapa de Nivelación II
3. La
Etapa de Nivelación II se desarrollará a partir de la última semana del mes de
mayo y hasta el día hábil inmediatamente anterior al inicio del receso de
invierno. Durante la misma se repetirán las acciones de la ETAPA I, realizando
los ajustes que la implementación de esta etapa requiera.
4. Esta
segunda etapa será obligatoria para las/os alumnas/os ingresantes en el segundo
cuatrimestre. Podrán, asimismo, completar esta etapa las/os ingresantes del
primer cuatrimestre que no aprobaron total o parcialmente la Etapa I. Para
ello, deberán inscribirse durante el período especialmente habilitado a tal efecto
en los cursos de Nivelación II.
DR. DANIEL
ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DRA. ANDREA
CASTELLANO
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO