ETAPAS DE NIVELACIÓN PARA INGRESO A LA UNS

DEROGA CSU-656/04

 

Resolución CSU-627/22

Expte 90/17

 

BAHÍA BLANCA, 08 de septiembre de 2022

 

VISTO:

La resolución CSU-544/21 (Anexo II) y sus modificatorias (resoluciones CSU-394/22 y CSU-488/22), que rigen el Calendario de Ingresantes de la UNS 2023;

 

La resolución CSU-656/04 que aprueba la Etapa de Nivelación como parte del mecanismo de ingreso a la UNS, y la Res. CSU-510/13 que aprueba el mecanismo de promoción para los cursos de nivelación;

 

La resolución CSU-506/20 y la resolución CSU-484/21, por la que se dejaron sin efecto, transitoriamente y para los ingresos-UNS 2021 y 2022 (1º y 2º cuatrimestre), las resoluciones mencionadas en el visto anterior;

 

El análisis de la Secretaría General Académica de los resultados de las distintas etapas de Nivelación implementadas en 2021 y 2022, así como los informes y el balance realizado por las y los Coordinadoras/es de Acciones Tutoriales respecto de las acciones de acompañamiento para ingresantes en los dos últimos años;

 

La nota de la Secretaría General Académica mediante la cual eleva el proyecto de mecanismo de ingreso a la UNS para su tratamiento; y

 

CONSIDERANDO:

Que la normativa vigente para el ingreso (Res. CSU-656/04), modificada transitoriamente durante la pandemia, tiene ya casi dos décadas, y requiere readecuaciones en función de las necesidades actuales de las y los estudiantes, así como de los aprendizajes y experiencias adquiridos en los dos últimos años, y de los cambios implementados para agilizar y facilitar el proceso de preinscripción para el ingreso a la UNS;

 

Que es necesario contar con una norma definitiva, a fin de poder difundir con claridad la modalidad de ingreso a la UNS;

 

Que el ingreso a la universidad supone siempre nuevos desafíos para las/os ingresantes, desafíos que involucran diversos aspectos relacionados con el aprendizaje del oficio de estudiante universitario (administración del tiempo, capacidad de adaptación a una nueva estructura organizacional y a las demandas académicas);

 

Que los resultados obtenidos en los cursos de asignaturas de nivelación, a partir de la implementación de la normativa transitoria (Res. CSU-506/20 y Res. CSU-484/21), han sido satisfactorios;

 

Que para el ingreso 2022, las distintas etapas de Nivelación fueron diagramadas y desarrolladas por las unidades académicas en formato mixto, recurriéndose al uso combinado de mediaciones físicas y virtuales, con diferente grado e intensidad, lo que permitió capitalizar la experiencia de la pandemia y ampliar las posibilidades de interacción pedagógica con la incorporación de tecnologías digitales en el marco del retorno a la presencialidad plena en la UNS;

 

Que, en particular, algunos de los aspectos del ingreso 2022 (el carácter obligatorio de los cursos, el formato de desarrollo mixto, su mayor extensión en el tiempo y la evaluación periódica de las/os aspirantes e ingresantes) han sido ponderados positivamente por los Coordinadores de Acciones Tutoriales de las Unidades Académicas, y entendidos como mejoras al mecanismo existente de acompañamiento para ingreso a la UNS;

 

Que, en cambio, algunos de los mecanismos previstos en la resolución CSU-654/04, como el examen diagnóstico de diciembre y los llamados “Cursos Remediales”, ameritan ser eliminados y/o reemplazados definitivamente, a la luz de los resultados de los cambios introducidos en la Nivelación para ingreso 2021 y 2022 y, asimismo, de los cambios y las mejoras introducidas en el proceso de preinscripción;

 

Que, conforme a la modificación del calendario para ingresantes 2023 oportunamente aprobado (resolución CSU-394/22), el 28 de noviembre inicia el período de preinscripción para todas las carreras de la UNS, incluyendo la implementación del TAU para el ingreso a Medicina;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó con modificaciones, sobre tablas, en su reunión del 07 de septiembre de 2022, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Derogar la resolución CSU-656/04 correspondiente al Texto Ordenado del Mecanismo de Ingreso a la UNS.

 

ARTÍCULO 2º: Aprobar las Etapas de Nivelación para ingreso a la UNS según el mecanismo que obra como Anexo de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General Académica, y por su intermedio, a los Departamentos Académicos y a la Dirección General de Gestión Académica. Comuníquese a la Secretaría General de Bienestar Universitario y Subsecretaría de Desarrollo Estudiantil, y a la Subsecretaría de Derechos Humanos. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. ANDREA CASTELLANO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

 

A N E X O I

Resolución CSU-627/2022

 

1. Para ingresar a la UNS, la/el aspirante deberá cumplir con los requisitos formales fijados por la Dirección General de Gestión Académica, y completar la preinscripción en el período determinado en el Calendario de Ingresantes UNS.

 

2. En los casos en que las Unidades Académicas (UA) hubieran establecido requisitos de nivelación, las/os alumnas/os deberán cumplimentar, con carácter obligatorio, los requerimientos de la Etapa de Nivelación definidos para su carrera. La modalidad y condiciones se detallan en el Anexo II de la presente resolución.

 

3. El mecanismo de ingreso para la Etapa de Nivelación se estructura en dos momentos (Etapa de Nivelación I y II), según el detalle que obra como Anexo II de la presente resolución. Su diseño comprende las acciones a desarrollar coordinadas desde la Secretaría General Académica, los Cursos de Nivelación y las Actividades de Construcción del Oficio de Estudiante Universitario (COEU). Será requisito de la Nivelación la asistencia a los encuentros obligatorios del COEU.

 

I. Sobre los Cursos de Nivelación:

 

4. Los Cursos de Nivelación serán concebidos y estructurados para promover la filiación institucional, y procurarán en su integración conjunta cubrir las necesidades cognitivas y de motivación requeridas para abordar las asignaturas afines de los planes preferenciales. Brindarán al ingresante la posibilidad de completar y/o rever los contenidos del nivel secundario que sean competentes para la carrera en la que se inscribió.

 

5. Las UA determinarán, a través de sus Comisiones Curriculares, la necesidad de Cursos de Nivelación, proponiendo hasta un número de dos por carrera. La proposición y/o eliminación de estos cursos deberá ser comunicada oportunamente a la Secretaría General Académica, será incluida en los Planes de Estudio y aprobada, consiguientemente, por el Consejo Superior Universitario.

 

6. Los contenidos de los distintos Cursos de Nivelación se difundirán en la página web de la UNS (sitio Ingreso).

 

II. Sobre las condiciones de aprobación de los Cursos y la Etapa de Nivelación:

 

7. Los Cursos de Nivelación tendrán lugar en modalidad presencial o mixta, según determinen las UA involucradas y se desarrollarán en la plataforma institucional.

 

8. Las UA responsables de los Cursos de Nivelación fijarán las condiciones para su aprobación, previendo, en todos los casos, una instancia de recuperación complementaria.

 

9. Las evaluaciones serán presenciales. Serán coordinadas con la Secretaría General Académica, previo al inicio de la etapa, a fin de posibilitar la debida reserva de espacios. Las UA responsables de los cursos requeridos en la Nivelación definirán los indicadores de la promoción, que será la única modalidad de aprobación. La evaluación y aprobación de cada uno de los cursos se computará de forma independiente.

 

10. El Curso se desarrollará en seis semanas obligatorias. Las/os alumnas/os que no alcancen los objetivos del curso tras su desarrollo tendrán opción a la instancia compensatoria y recuperatoria, que tendrá lugar en la séptima semana. Al finalizar el Curso, después de esta última semana compensatoria, las y los profesores responsables elaborarán el acta con la calificación final: APROBADO/DESAPROBADO/AUSENTE.

 

III. Actividades de “Construcción del Oficio de la /del Estudiante Universitaria/o”

 

11. Además de los cursos, la Etapa de Nivelación comprenderá las actividades de “Construcción del Oficio de la /del Estudiante Universitaria/o” (COEU). Estas actividades se desarrollarán en encuentros; su coordinación e implementación estará a cargo de la Secretaría General Académica, y de la Secretaría de Bienestar Universitario (Subsecretaría de Desarrollo Estudiantil). Las actividades tendrán como objetivo mejorar la inserción de la/del alumna/o en el sistema universitario, familiarizándolo con la estructura institucional, con sus deberes y derechos, y con todo lo atinente a la gestión académica y a los aspectos vinculados al bienestar universitario que resulten beneficioso para su adaptación.

 

A N E X O II

Resolución CSU-627/22

 

Etapa de Nivelación I

 

1. La Etapa de Nivelación I iniciará con las acciones promovidas por la Secretaría General Académica en el año previo al ingreso; estas comprenderán ciclos de charlas sobre temas tales como trámite de preinscripción, difusión de direcciones y medios de comunicación, talleres sobre Moodle-UNS y/o SIU GUARANÍ para ingresantes, talleres de técnica de estudio y de alfabetización en gestión de la información, etc. Estas acciones, desarrolladas en formato virtual y/o presencial, serán coordinadas por la Secretaría General Académica, y no tendrán carácter obligatorio para las/os ingresantes.

 

2. La Etapa de Nivelación I propiamente dicha se desarrollará a partir de la última semana del mes de enero y hasta el día hábil inmediatamente anterior al inicio de clases del primer cuatrimestre del año académico de ingreso. Tendrá una duración de siete semanas, la última de las cuales será complementaria y estará destinada específicamente a las/os ingresantes que no hubieren alcanzado la aprobación del curso durante su desarrollo. Se recomienda a las Unidades Académicas que la primer semana de la nivelación se dicte a través de actividades virtuales.

 

Etapa de Nivelación II

 

3. La Etapa de Nivelación II se desarrollará a partir de la última semana del mes de mayo y hasta el día hábil inmediatamente anterior al inicio del receso de invierno. Durante la misma se repetirán las acciones de la ETAPA I, realizando los ajustes que la implementación de esta etapa requiera.

 

4. Esta segunda etapa será obligatoria para las/os alumnas/os ingresantes en el segundo cuatrimestre. Podrán, asimismo, completar esta etapa las/os ingresantes del primer cuatrimestre que no aprobaron total o parcialmente la Etapa I. Para ello, deberán inscribirse durante el período especialmente habilitado a tal efecto en los cursos de Nivelación II.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. ANDREA CASTELLANO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO