PAUTAS
(SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN O NUEVOS
PLANES/ Mod. CSU-576/03, art. 2 y Punto 3 Anexo)
Expediente 328/70.
VISTO:
El Régimen
vigente para rendir los exámenes finales
que transforma para esa instancia las correlatividades “débiles”
de los planes de estudio en correlativas “fuertes”; y
CONSIDERANDO:
Que para el cursado de una asignatura se requiere en
algunos casos el cumplimiento de correlatividades débiles asignaturas
cursadas, y/o fuertes, asignaturas aprobadas;
Que al momento de rendir el examen final de una
asignatura, el uso ha determinado que las correlatividades débiles se
transformen automáticamente en fuertes;
Que es deseable ajustar el tiempo de duración de las
carreras con el estipulado en los planes preferenciales;
Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión
de fecha 15 de setiembre de 2004, aprobó lo aconsejado por su Comisión de
Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Modificar el art. 2º
de la Res. CSU-576/03 que quedará redactado de la siguiente forma:
“Las solicitudes presentadas por
los Departamentos, de Modificación o Nuevo Plan, así como la resolución
posterior del Consejo Superior Universitario, deberá incluir, no solamente los
cambios propuestos sino también un plan completo que incluya los nuevos
cambios. Los planes de estudio deberán diferenciar entre las correlativas exigidas
para el cursado de la asignatura y las requeridas al momento de rendir el
examen final de la misma. En el caso de planes nuevos se seguirán las
normativas de la Dirección General de Gestión Universitaria que se adjuntan en
el anexo de la presente resolución”
ARTICULO 2°: Modificar el punto 3
del Anexo de la Res.CSU-576/03 en las tablas de los planes de
estudio, donde deberán figurar las correlativas necesarias para el cursado y
para rendir el examen final. Las mismas figurarán como “correlatividad para
cursado” y “correlatividad para final” respectivamente.
El cuadro comparativo del plan
anterior y del nuevo quedará de la siguiente manera:
PLAN ANTERIOR |
PLAN NUEVO |
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Asignaturas |
Contenidos mínimos |
Carga Horaria |
Correlatividad para cursado |
Correlatividad para final |
Asignaturas |
Contenidos mínimos |
Carga horaria |
Correlatividad para cursado |
Correlatividad para final |
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ARTICULO 3°: Solicitar
a los Departamentos académicos que adecuen los planes de estudio a lo dispuesto
en el artículo segundo de la presente resolución.
ARTICULO 4°: Pase a la
Secretaría General Académica, a la Dirección General de Alumnos y Estudio.
Comuníquese a los Departamentos Académicos y al Boletín Oficial. Cumplido,
archívese.
MG. JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO