PLANES DE ESTUDIO

MECANISMO INGRESO

LIC. EN ENFERMERIA

 

Resolución CSU-646/10

Expediente 33/09

 

BAHIA BLANCA, 12 agosto 2010.

 

            VISTO:

            La Resolución del Consejo Departamental de Ciencias de la Salud DCS-160/10 solicitanto una modificación del mecanismo de ingreso al primer y segundo ciclos de la carrera “Licenciatura en Enfermería”; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el ingreso 2008 y 2009 en la carrera de Licenciatura en Enfermería se presentó en una tasa de superación de los requisitos estipulados por plan de estudio del 11,3 %;

 

            Que en relación al contexto actual de la disciplina a nivel nacional, se trata de promover la formación de recurso humano en salud y evitar restricciones al ingreso de los aspirantes y acercarlos a las instituciones universitarias;

 

            Que el déficit de recurso humano en enfermería es un grave problema nacional y regional;

 

            Que la UNS tiene una responsabilidad académica a la necesidad planteada de profesionalización de enfermería en la región;

 

            Que la expansión del acceso se ha convertido en los últimos 10 años en una prioridad en la mayor parte de las Universidades;

 

            Que investigaciones nacionales describen que la deserción estudiantil de las carreras de Enfermería es causada por razones vocacionales en un 42%,  el 36% por razones económicas y un 16% por razones académicas;

 

            Que el único motivo para mantener un requisito de ingreso es la conservación de un cupo limitado de ingresantes por las posibles limitaciones en los campos de práctica;

 

            Que como requisito de ingreso al primer ciclo, se propone la realización y aprobación de un curso ad hoc, con contenidos básicos afines a la disciplina, y una semblanza sobre el rol de los profesionales en Salud en el contexto actual del Sistema de Salud en la Argentina;

 

            Que por tratarse de un curso específico, no resulta factible ni recomendable tomar un examen previo de diagnóstico;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 11 de agosto de 2010, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º).- Aprobar los mecanismos de ingreso al primer y segundo ciclos de la carrera “Licenciatura en Enfermería” que constan en el Anexo I de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudio a sus efectos. Pase al Departamento de Ciencias de la Salud. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA UNS

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

A N E X O  I

Resolución CSU-646/10

 

MECANISMO DE INGRESO A LA CARRERA LICENCIATURA EN ENFERMERIA

 

Primer Ciclo

1.       Podrán aspirar a ingresar como alumnos a la Carrera de Licenciatura en Enfermería de la UNS aquellos estudiantes que hayan cumplimentado los requisitos administrativos de ingreso a la universidad.

2.       Crear un grupo de ingresantes para el primer año de 100 (cien) alumnos.

3.       Establecer como requisito para ingresar al primer ciclo, tener título de nivel medio o polimodal, y aprobar un curso nivelador de “Introducción al cuidado de la salud” desarrollado por el Departamento de Ciencias de la Salud con un criterio de aprobación del 60%. En caso de que el número de aspirantes aprobados supere el cupo establecido se confeccionará un orden de mérito.

 

4.       ETAPAS PARA LA SELECCIÓN DEL PRIMER CICLO.

4.1.   Los aspirantes a ingresar deberán aprobar un curso nivelador de “Introducción al cuidado de la salud” desarrollado por el DCS en el mes de febrero de cada año. Al finalizar el mismo se tomará un examen final, por medio de una prueba escrita objetiva con 50 preguntas de opción múltiple, con un porcentaje mínimo de aprobación del 60%. La corrección se efectuará otorgando  dos (2) puntos por respuesta correcta, cero (0) punto por pregunta no respondida y restando medio (0,5) punto por respuesta errónea. En caso de quedar cupo disponible, los aspirantes inscriptos ausentes o desaprobados tendrán oportunidad de rendir un examen recuperatorio la semana siguiente al primer examen.

4.2.   Con el resultado de los exámenes aprobados en la primera instancia, se confeccionará un ordenamiento de los aspirantes, luego se incorporarán los que aprobaron el examen recuperatorio, hasta completar el cupo de ingresantes a la Carrera de Licenciatura en Enfermería de la UNS. En caso de empate en el puesto 100, se establecerá un orden de mérito por el promedio obtenido en el último año del nivel medio. Si hubiese coincidencia en el promedio, se tendrá en consideración el promedio de los tres últimos años del nivel medio.

 

Segundo Ciclo

 

5.       Asignar un cupo de 200 (doscientos) alumnos para el cuarto año de la carrera de Licenciatura en Enfermería.

6.       Podrán acceder al cuarto año de la Licenciatura en Enfermería egresados de carreras de enfermería de otras universidades o de carreras de enfermería no universitaria. El número de vacantes se determinará anualmente, restando de 200 el número de alumnos propios en condiciones de cursar el cuarto año de la carrera de Licenciatura en Enfermería.

7.       En caso que los aspirantes de otras carreras de Enfermería supere la cantidad de vacantes determinadas cada año, se confeccionará un orden de mérito con el promedio obtenido en el desarrollo de la carrera de enfermería de la cual proviene. Si hubiese coincidencia en el promedio en el puesto 200, se tendrá en consideración el tiempo que les demandó realizar su carrera, seleccionando para cubrir dichas vacantes los que realizaron la carrera en el menor plazo.

 

MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO

VICERRECTORA UNS

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO