LICENCIAS  PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION –  ART 6º  CSU-82/14 S/GOCE SUELDO AUTORIZACION A CONSEJOS DPTALES

 

Resolución CSU-666/19

Expte. X-76/04

 

BAHIA BLANCA 19 de setiembre de 2019.

 

            VISTO:

            El Texto Ordenado del Régimen de Licencias del Personal Docente y de Investigación de la UNS, aprobado por resolución CSU-82/14; y  

 

            CONSIDERANDO:

            Que las licencias sin goce de haberes para estudios avanzados e investigación que superen el mes de duración son otorgadas por el Consejo Superior Universitario (artículo 6º resolución CSU-82/14);

 

            Que este tipo de licencias generan el bloqueo del cargo correspondiente;

 

            Que se han presentado casos en los cuales los docentes requieren finalizar la licencia antes del plazo establecido por resolución del Consejo Superior Universitario, y la vuelta a este cuerpo provoca demoras para la reincorporación del docente y genera inconvenientes para el Departamento;

 

            Que es el Departamento Académico quien está en condiciones de evaluar la finalización anticipada de la licencia, previo control de que no se vulneren derechos de terceros;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su sesión del 19 de setiembre de 2019, lo dictaminado por sus comisiones de Personal y de Interpretación y reglamento;

 

Por ello,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar a los Departamentos Académicos, a través de sus Consejos Departamentales, a resolver en forma anticipada la finalización de las licencias sin goce de haberes establecidas en el artículo 6º de la resolución CSU-82/14 otorgadas por el Consejo Superior Universitario , si se cumplen las siguientes condiciones:

a) Solicitud del docente que ostenta la licencia sin goce de haberes

 

b) Informe de la Dirección General de Personal sobre la disponibilidad inmediata del cargo objeto de la licencia.

 

ARTÍCULO 2º: Hacer extensiva esta decisión a los Profesorados Universitarios a través de su Comisión Asesora.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Dirección General de Personal y por su intermedio, a los Departamentos académicos y a dependencia administrativa de los Profesorados Universitarios de la UNS. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. MARIO ARRUIZ

SEC. GRAL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO