REGLAMENTO DE
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO (MODIF. ART. 29 RES.
CSU-106/09)
Resolución
CSU-672/09
Expediente
1132/86
BAHIA BLANCA, 27 de setiembre
de 2009.
V
ISTO:
Lo
dispuesto por el artículo 29º del Reglamento de Funcionamiento del Consejo
Superior Universitario, que dispone que “los
proyectos sólo podrán ser presentados por el Rector, sus Secretarios y/o los
Consejeros Superiores, o iniciarse directamente en el seno de las Comisiones,
en cuyo caso pasarán directamente al pleno con el despacho de éstas”; y
CONSIDERANDO:
Que
el mencionado artículo no contempla la posibilidad de que el Secretario General
del Consejo Superior Universitario pueda presentar proyectos, prerrogativa que
reconoce expresamente a los Secretarios
del Rectorado;
Que
el conveniente que se le reconozca igual facultad al Secretario General del
Consejo Superior Universitario, por ser éste quien está al tanto de las
necesidades reglamentarias no sólo del Consejo Superior Universitario, sino de
Que
la reforma propuesta respeta el espíritu del artículo 29º del Reglamento de
Funcionamiento del Consejo Superior Universitario;
Que
no existe argumento alguno para
permitirle presentar proyectos a los
Secretarios del Rectorado y se le niegue al Secretario General del Consejo
Superior;
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 23 de setiembre de 2009, lo aconsejado por su Comisión de
Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 29º del
Reglamento del Consejo Superior Universitario, el que quedará redactado de la
siguiente forma: “Los proyectos sólo podrán ser presentados por el Rector, sus
Secretarios, el Secretario General del Consejo Superior Universitario y/o los
Consejeros Superiores, o iniciarse directamente en el seno de las Comisiones,
en cuyo caso pasarán directamente al pleno con el despacho de éstas. Todo
proyecto se presentará por escrito y firmado. (Res.CSU-689/00
t.o. por Res.CSU-103/09)
ARTICULO 2º).- Pase a conocimiento de Rectorado,
Secretarías Generales Académica y Técnica, Departamentos Académicos, CEMS y
Direcciones Generales. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO