CEMS

MECANISMO DE INGRESO  NIVEL POLIMODAL (Modif. art. 1º Res. CSU-582/04)

 

 

Resolución CSU-675/04

Expediente CSU-2007/98

 

BAHIA BLANCA, 28 de octubre de 2004.

 

            VISTO:

            La nota presentada por el Rector Director de la Escuela Normal Superior, Lic. Manuel GOMBA, en la cual solicita instrucciones sobre el procedimiento a seguir en la aplicación de la Res. CSU-582/04;

 

            La propuesta presentada por la Presidente del CEMS, Dra. María Elena GSCHAIDER; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que resulta necesario compatibilizar las fechas y acciones establecidas por las Resoluciones CSU-Nº 735/00, 777/03 y 582/04;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del 27 de octubre de 2004, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 1º de la Res. CSU-582/04 por el siguiente texto:

 

INCISO A) DE LOS EGRESADOS DE LA EGB-UNS

 

1.       Finalizar el cursado y acreditación de los espacios curriculares del 9no. Año, en la fecha establecida por la Resolución CSU-777/03 (3 de diciembre).

 

2.       Durante la semana siguiente cumplimentar las siguientes acciones:

 

a)       Que el profesor defina el promedio trimestral y anual de su espacio curricular.

b)      Que los Auxiliares Docentes controlen las calificaciones.

 

c)       Que las mismas sean transcriptas a la FIP (Ficha de Información Pedagógica)

 

d)      Que se notifique de las calificaciones a padres y alumnos.

 

e)      Que se calcule el promedio anual del 9no. año y el promedio general del 3er. Ciclo de la EGB de los alumnos que no adeuden contenidos a recuperar en los turnos de diciembre a marzo.

 

f)         Que se remitan los listados por curso, con los respectivos promedios, a la Secretaría del CEMS quien confeccionará un listado ordenado por promedio para remitir a las Escuelas. En caso de igualdad entre promedios generales se tendrá en cuenta el promedio obtenido en el 9no. año de la EGB, y si la paridad persiste, desde la Secretaría del CEMS, se efectuará un sorteo de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 4 inc. a) y b) de la Res. CSU-487/96.

 

3.       A partir del 13 y hasta el 23 de diciembre inclusive se procederá a realizar las siguientes acciones:

 

a)       Las Secretarías de cada Escuela formalizarán en el horario de 8:00 a 16:00 horas las inscripciones de los alumnos que no adeuden asignaturas del 3er. Ciclo de la EGB, en base al siguiente cronograma:

 


SEGMENTO DE INSCRIPCIÓN

DIAS (del mes de diciembre)

Entrega y recepción de planillas de solicitud de inscripción entre los egresados de la EGB de la UNS, que ocupen el siguiente orden:

 

 

DESDE

HASTA

Del 13 al 14

1

104º

Del 15 al 16

105º

140º

Del 17 al 20

141º

170º

El 21

171º

200º

Del 22 al 23

201º

El último de la lista

 

 


Las inscripciones podrán registrarse en una sola modalidad. Vencido el plazo de inscripción y hasta el término de la primer semana de clases, los cambios de la modalidad sólo se aceptarán en calidad de permuta. Las Secretarías de las Escuelas no podrán aceptar inscripciones una vez cubierto el cupo establecido para cada modalidad. Cuando el número de vacantes de una modalidad sea inferior a la cantidad de alumnos incluidos en el segmento, la inscripción será CONDICIONAL hasta que, a la finalización del plazo de inscripción del segmento, se proceda a la inscripción definitiva en base al orden de mérito de los condicionales.

 

Los aspirantes que no tuvieran cupo en la modalidad elegida, podrán inscribirse en otra modalidad que tenga vacantes en el plazo de inscripción del segmento siguiente.

 

b)      El 27 y 28 de diciembre formalizarán su inscripción, en forma condicional, en una sola modalidad que a esa fecha tenga cupo vacante, y en listados separados, los alumnos que adeuden asignaturas del 3er Ciclo de la EGB  y que deban atravesar la instancia de recuperación de Diciembre y/o Marzo.

 

c)       Las inscripciones de los alumnos que adeuden asignaturas del 3er Ciclo de la EGB será registrada como condicional. Para ingresar efectivamente deberán aprobar todas las asignaturas antes del día de comienzo de clases de la modalidad elegida.

 

d)      El orden de mérito de los alumnos  que no adeudan espacios curriculares del 3er Ciclo será independiente del orden de mérito que contendrá  a aquellos que deben recuperar materias en diciembre o marzo.

 

e)      El orden de mérito de los alumnos que adeuden asignaturas del 3er Ciclo de la EGB se confeccionarán de acuerdo a lo establecido en la presente resolución.

 

f)         Los ingresantes conservarán en principio el turno al que concurrían en el 9no. año de la EGB. Si las plazas no fueran suficientes se seguirán los órdenes de mérito resultantes de la presente resolución.

 

g)      Las Escuelas remitirán a la Secretaría del CEMS los listados de inscriptos, quien verificará la cantidad de vacantes cubiertas con alumnos de la EGB-UNS e informará a las escuelas la existencia  o no de vacantes para ser cubiertas con egresados de otras escuelas.

 

INCISO B) DE LOS EGRESADOS DE OTRAS ESCUELAS DE LA EGB.

Finalizada la inscripción de los alumnos de la EGB de la UNS, las vacantes existentes serán cubiertas con egresados de otras Escuelas de la EGB, de acuerdo a lo establecido  en el Parte II del Anexo de la Resolución CSU-735/00 y la inscripción se formalizará durante los días 29 y 30 de diciembre inclusive.

ARTICULO 2º).- La Dirección de la EGB hará entrega de copia de la presente resolución a los padres y/o tutores  y/o encargados de los alumnos del 9no. año de la EGB.

 

Articulo 3º).- Pase a la  Secretaría General Académica, al CEMS y por su intermedio, a los establecimientos dependientes. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO