REGLAMENTO DE DOCTORADO EN CS. DE LA ADMINISTRACIÓN TEXTO ORDENADO (deroga CSU-611/08)

 

Resolución CSU-679/08

Expediente 515/84.

 

BAHIA BLANCA, 9 de octubre de 2008.

 

            VISTO:

            Las modificaciones introducidas por la Comisión de Posgrado Académico de la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua al Reglamento de Doctorado en Ciencias de la Administración, aprobado por Res. CSU-611/08; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que se han considerado positivamente las modificaciones introducidas;

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 8 de octubre de 2008, aprobó sobre tablas, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Derogar la Res. CSU-611/08.

 

ARTICULO 2º).- Aprobar el Texto Ordenado del Reglamento de Doctorado en Ciencias de la Administración que consta como Anexo de la presente resolución.

 

ARTICULO 3º).- Pase a las Secretarías Generales Académicas y de Posgrado y Educación Contínua. Gírese al Departamento de Ciencias de la Administración a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

 

ANEXO

Res. CSU-679/08

REGLAMENTO DE DOCTORADO EN CS. DE LA ADMINISTRACIÓN

 

ARTICULO 1º).- La carrera de posgrado de Doctorado en Ciencias de la Administración estará organizada de acuerdo con las pautas establecidas en la reglamentación vigente para estudios de posgrados académicos en  la Universidad Nacional del Sur (UNS), y por las normas que establece el presente reglamento. Todos aquellos aspectos o cuestiones operativas que no se encuentren previstos en el presente, serán resueltos por el Comité Académico, atendiendo al mejor funcionamiento de la carrera.

 

ARTICULO 2º).- La dirección de la carrera estará a cargo de un Comité Académico cuyos miembros serán designados por el Consejo Departamental del Departamento de Ciencias de la Administración. El Comité Académico estará integrado por al menos cinco especialistas, los cuales deberán poseer título de posgrado equivalente o superior al del presente Doctorado, o en su defecto tratarse de profesores del área de Administración y Economía de ésta y/u otras universidades. En este último caso, deberán ser profesores que hayan categorizado como  investigadores en los niveles superiores de la escala (I y II) con méritos equivalentes al de Doctor, conforme al reglamento vigente del Ministerio de Educación de la Nación. Los miembros del Comité durarán tres años en sus cargos, y serán renovados por tercios.

 

ARTICULO 3º).- Serán Facultades del Comité Académico:

 

a)       Evaluar periódicamente el funcionamiento de la carrera y el cumplimiento de los objetivos propuestos.

b)      Proponer las estrategias de mejoramiento que resulten necesarias.

c)       Formular y/o evaluar las propuestas  de actualización del plan de estudios.

d)      Evaluar los planes de tesis a ser elevadas al Departamento de Graduados.

e)      Designar a quien cumpla funciones de coordinador de la presente carrera.

f)         Proponer modificaciones al presente Reglamento.

g)      Formular el orden de mérito para el régimen de becas, y proponer su otorgamiento al Consejo Departamental, de acuerdo con el artículo 6 del presente reglamento.

h)       Elevar las tesis presentadas y la nómina de jurados propuestos al Consejo Departamental.

 

ARTICULO 4º).- La coordinación de la carrera de posgrado de Doctorado en Ciencias de la Administración estará a cargo de un Coordinador designado por el Comité Académico. Las facultades del Coordinador serán:

 

a)       Coordinar y supervisar la actividad académica de los alumnos, junto con la asistencia de la Secretaría Académica.

b)      Convocar al Comité Académico, coordinar sus deliberaciones y ejecutar sus resoluciones.

c)       Dirigir la gestión administrativa, económica y financiera de la carrera en aspectos tales como:

 

ù         Efectuar el control de altas y bajas de alumnos conforme a la reglamentación vigente y a los criterios académicos determinados

ù         Solicitar al Consejo Departamental las altas y bajas de los alumnos

ù         Coordinar los horarios y días de dictado de clases de cada asignatura.

ù         Fijar la fecha de inicio y culminación de los cursos académicos del doctorado.

ù         Llevar un registro de las tesis presentadas.

ù         Controlar la inscripción de alumnos conforme a las reglamentaciones vigentes.

ù         Llevar listado de alumnos y controlar el debido registro en el Departamento de Graduados.

ù         Controlar la asistencia de los alumnos

ù         Gestionar el cobro de la matrícula

ù         Registrar los resultados de las evaluaciones de cada asignatura.

ù         Elevar al Comité Académico las cuestiones que planteen  los profesores y alumnos, relacionadas con el funcionamiento de la carrera.

ù         Elevar al Consejo Departamental, previo dictamen del Comité Académico, los recursos que interpongan los alumnos, referidos a cuestiones académicas y/o funcionamiento de la carrera.

 

ARTICULO 5º).- El Doctorado en Ciencias de la Administración se financia con recursos propios, generados a partir del cobro de la matrícula a los alumnos, y de aportes realizados por el Departamento de Ciencias de la Administración y el Rectorado de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 6º).- Régimen de becas. Se establece un régimen de becas destinadas a cubrir el costo total o parcial del arancel para el personal docente y no docente de la Universidad Nacional del Sur. El número de becas a otorgar, y el monto de cada una, será establecido en cada cohorte, de acuerdo con la disponibilidad de recursos, según decisión del Comité Académico. Para el otorgamiento de las becas se confeccionará un orden de mérito, que se realizará de acuerdo con el promedio general (incluido aplazos) que conste en el certificado analítico correspondiente a la carrera de grado y/o posgrado, según el siguiente orden de prioridad:

 

1.       Docentes del área de administración del Departamento de Ciencias de la Administración;

2.       Restantes docentes del Departamento de Ciencias de la Administración;

3.       Docentes del Departamento de Economía

4.       Docentes de otros Departamentos

5.       Docentes de las Escuelas Medias; y

6.       Personal No Docente

 

ARTICULO 7º).- Constituye requisito de admisibilidad a la Carrera, poseer título de Magíster en Administración, Magíster en Economía o sus equivalentes, expedido por Universidad Nacional pública o privada, con reconocimiento oficial por el Ministerio de Educación de la Nación. Podrán ser admitidos graduados universitarios con títulos de Magíster o su equivalente, obtenidos en otras Universidades del país o del extranjero, que cumplan con este requisito. También pueden optar por la inscripción para acceder al grado doctoral aquellos alumnos de la maestría en Administración de la UNS que, sin tener el grado de Magíster, cursaron y obtuvieron los créditos correspondientes a los cursos y seminarios que componen la carrera. En tal caso, es menester acreditar, a la fecha de la presentación correspondiente a la propuesta de tesis doctoral, la autoría de tres publicaciones vinculadas al conocimiento científico en el ámbito de las Ciencias de la Administración, en revistas indexadas con referato internacional. La selección de los postulantes será resuelta por el Comité Académico de la Carrera mediante resolución fundada. Sus decisiones serán irrecurribles.

 

ARTICULO 8º).- El cursado de la carrera se realizará en el ámbito del Departamento de Ciencias de la Administración de la Universidad Nacional del Sur de acuerdo a lo dispuesto en la reglamentación vigente para estudios de posgrados académicos en la UNS.

 

ARTICULO  9º).- El plan de estudios de la carrera de Doctorado en Ciencias de la Administración se encuentra organizado en dos áreas de estudios, que continúan los campos del conocimiento correspondientes al Magíster en Administración:

 

a.       Teoría Financiera y Teoría de las Finanzas Corporativas: consiste en el estudio de la dinámica y relaciones de los mercados correspondientes a activos financieros y reales. La Teoría Financiera estudia el comportamiento y reasignación de recursos que realizan los agentes económicos, entre instrumentos financieros y en el tiempo en un ambiente incierto. El campo de estudio mencionado se encuentra ligado con el objeto de la Teoría de las Finanzas de Empresas (Corporate Finance), que estudia el comportamiento de inversión y financiamiento empresarial en relación con la estructura de propiedad (o “gobierno empresarial”, corporate governance, término que en la actualidad procura unificar los principales aspectos de las Finanzas Corporativas) El objetivo del programa es proveer los fundamentos de la teoría en la cual se basa el campo de estudio, como las herramientas necesarias para la conducción de investigaciones, tanto en un nivel teórico como en el de investigación aplicada.

 

b.      Administración y sistemas: combina la teoría, métodos y filosofía necesaria para el estudio de los sistemas en general. En el campo de la Administración de las organizaciones, el estudio de la Dinámica de sistemas implica trabajar sobre las áreas correspondientes a Principios de Sistemas y Teoría de la Decisión, para proveer un conjunto de fundamentos que permitan entender e influenciar sobre el cambio de los sistemas.

 

Las áreas de estudio se materializan en cursos y seminarios con arreglo al siguiente detalle:

 

I - Módulo de Cursos:

 

Denominación de la actividad

Dirección de Recursos Humanos

El Proceso de Marketing: Investigación de mercado

Inteligencia de Negocios

Macroeconomía Avanzada

Metodología de investigación cualitativa y cuantitativa

Microeconomía Avanzada

Tópicos avanzados de Matemática Financiera y Administración de Activos de Renta Fija

Teoría Financiera y Finanzas Corporativas

 

 

II - Módulo de Seminarios.

 

Denominación de la actividad

Metodología de la Investigación

Modelos Multifactoriales

Teoría de los Juegos

Tópicos Microeconómicos aplicados a las Finanzas de Empresas

 

ARTICULO 10º).- Los aspirantes deberán aprobar una Prueba de Suficiencia en Idioma Extranjero, conforme a lo establecido en la reglamentación vigente para estudios de posgrados académicos en la UNS.

 

ARTICULO 11º).- Para acceder al grado doctoral además es requisito:

 

a.       Cumplir con la cantidad de créditos exigidos según la reglamentación vigente para estudios de posgrado académicos en la UNS. Los aspirantes con título de Magíster o su equivalente, con arreglo a lo previsto en el artículo 6 del presente reglamento, le serán computados la cantidad de créditos asignados para dichos títulos de posgrado de acuerdo con la reglamentación vigente para estudios de posgrado académicos en la UNS.

 

b.      Desarrollo de una tesis sobre un tema de investigación propuesto por el aspirante el cual debe ser concordante con el área del conocimiento seleccionada y aprobado conforme a la reglamentación vigente según la reglamentación vigente para estudios de posgrado académicos en la UNS.

 

ARTICULO 12º).- Es requisito indispensable para la regularización de cada asignatura la asistencia al 80% de las actividades programadas.

 

ARTICULO 13º).- Los exámenes, la confección de las actas de exámenes y las escalas de calificaciones se regirán por lo establecido en la reglamentación vigente para estudios de posgrado en la UNS.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO