CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
CARÁCTER PUBLICO
DE SUS ACTOS
Resolución
CSU- 684/09
Expte.
113/2009
Bahía
Blanca, 29 de setiembre de 2009
VISTO:
La necesidad de procurar y garantizar el libre acceso
a la información en el ámbito de
Lo aconsejado por
CONSIDERANDO:
Que no obstante que el Consejo Superior
Universitario ha iniciado acciones
concretas para permitir un más rápido, fácil y efectivo acceso a la información
del propio Consejo, como a la de
Que el acceso a la información es un presupuesto
básico de toda sociedad democrática y condición esencial para el eficaz
ejercicio de los derechos reconocidos a sus ciudadanos;
Que
Que el acceso a la información permite ejercer un
control más efectivo sobre la gestión de
Que es competencia del Consejo Superior Universitario
el dictado de normas que garanticen el buen gobierno de
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 23 de
setiembre de 2009, lo aconsejado por su Comisión de
Interpretación y Reglamento;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Establecer, como principio general, que los actos
emanados del Consejo Superior Universitario son públicos y de libre acceso para
toda la comunidad.
ARTÍCULO 2º: Encomendar al Rectorado y a los Departamentos
Académicos que tomen las medidas necesarias para garantizar el acceso a la
información.
ARTÍCULO 3º: Pase a
MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO
VICERRECTORA UNS
ABOG. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO