DEPARTAMENTOS ACADEMICOS INFORMACION QUE DEBERÁ
CONTENER EL SITIO WEB
Resolución CSU-689/14
Expte. 3315/14
BAHIA BLANCA, 16 de
octubre de 2014
VISTO:
La resolución AU-06/08 mediante la
que la Asamblea Universitaria instruyó9 al Consejo Superior Universitario a que
establezca, por resolución, el principio de la completa difusión pública de
todas sus acciones y las acciones de todos los órganos directivos de la UNS;
La resolución CSU-684/09 mediante la
que el Consejo Superior Universitario
establece que todos sus actos son públicos y de libre acceso para toda la
comunidad y encomienda a los Departamentos Académicos y al Rectorado a tomar
las medidas necesarias para garantizar el acceso a la información; y
CONSIDERANDO:
Que existen Departamentos Académicos
que no publican la información, o lo hacen de manera desactualizada o
incompleta;
Que la información es un componente
fundamental de una gestión transparente y permite ejercer un control más efectivo sobre la
administración de la Universidad, y por lo tanto ha de ser proporcionada por
las autoridades en forma veraz y oportuna;
Que la existencia de Instituciones
transparentes estimula la participación ciudadana, ya que al estar informados
los ciudadanos se sienten más animados a participar, motivando mayor
transparencia y control;
Que la información completa,
actualizada y de fácil acceso contribuye a una gestión más eficiente de los
consejeros de los distintos órganos ya que disminuye los tiempos de consulta de
los archivos y evita errores u omisiones al momento de búsqueda de información
o la redacción de proyectos o notas, entre otras actividades;
Que actualmente la mayoría de los
departamentos poseen un sitio web propio, donde publican información pertinente
al mismo;
Que el Consejo Superior
Universitario en su reunión de fecha 15 de octubre de 2014, aprobó lo aconsejado
por su Comisión de Planeamiento;
Que lo aprobado se enmarca en el Eje
Estratégico I – Gestión Institucional, del Plan Estratégico Institucional
aprobado por Resolución CSU-325/12;
POR ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E
L V E :
ARTICULO 1º).-
Establecer que, a partir de la primera reunión constitutiva del año 2015 de los
Consejos Departamentales, los Departamentos Académicos deben poseer en su sitio
propio o en el sitio web de la UNS un espacio dedicado al Consejo Departamental,
que contendrá al menos la siguiente información:
·
Composición
actualizada del Consejo Departamental.
·
Fecha
y hora de las reuniones del Consejo Departamental.
·
Reglamento
de Funcionamiento del Consejo Departamental..
·
Orden
del Día de cada una de las sesiones, publicado por lo menos el día hábil
anterior a la sesión respectiva.
·
Actas
de las sesiones, publicadas dentro de los quince (15) días hábiles desde su
aprobación.
·
La
dirección de correo electrónico del Departamento Académico.
ARTICULO 2º).- Pase
al Rectorado a sus efectos. Comuníquese a los Departamentos Académicos y al
Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
MG. MARIA
DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA UNS
DR. DIEGO
DUPRAT
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO