BIBLIOTECA CENTRAL

ARANCELES, ALQUILERES Y VENTA DE PUBLICACIONES  (MODIFICA Anexo I  Res. CSU-175/00)

 

Resolución CSU-696/07

Expediente 1502/92

 

BAHIA BLANCA, 26 de octubre de 2007

 

VISTO:

            La solicitud efectuada por el Director de la Biblioteca Central de modificación de los módulos para aranceles, alquileres y venta de publicaciones (texto ordenado), en virtud de los cambios experimentados en el equipamiento y las capacidades de prestación de servicios a terceros por parte de las bibliotecas (Central y Departamentales); y

 

              CONSIDERANDO:

              Que la normal evolución del equipamiento tecnológico ha tornado inviables la prestación de ciertos servicios que se han descontinuado hace más de 10 años;

              Que las capacidades adquiridas por los recursos humanos y la incorporación de tecnologías de la información y comunicación en el ámbito de las bibliotecas (tanto la Central, como las Especializadas) hacen posible ampliar la oferta de servicios a terceros;

                 Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión de fecha 24 de octubre de 2007, lo recomendado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º. Modificar la Resolución CSU-175/00 (Anexo I), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

Biblioteca Central y otras bibliotecas de la UNS

11.-Servicio de escaneado y envío por correo electrónico

 

12-TAREAS DE APOYO ADMINISTRATIVO PARA PRESTAR SERVICIOS A TERCEROS.

 

A) Suministro de documentación técnica

   Origen nacional

 

   Origen internacional

 

B) Investigaciones Bibliográficas

1)       Investigación bibliográfica básica: 100 módulos (2 horas/hombre)

2)       Investigación bibliográfica avanzada: 400 módulos (8 horas/hombre)

3)       Investigación bibliográfica con respaldo de documentos seleccionados: 1000 módulos (15 horas/hombre + hasta 3 (tres) documentos)

 

C) Aranceles por servicios prestados a instituciones del exterior

1)       Todos los aranceles estarán basados en una equivalencia de Módulos a Dólares estadounidenses. 1 Módulo = 1 Dólar.

2)       La única modalidad de pago aceptada será la transferencia bancaria electrónica a una cuenta abierta a tal efecto.

3)       Para envíos especiales, se facturará como base el costo del servicio Federal Express o similar.

4)       La Dirección de la Biblioteca Central estará obligada a rendir cuentas de los fondos que se giren sobre esa cuenta bancaria, de manera similar a lo que ya se realiza con los servicios a terceros rendidos para instituciones nacionales.

 

D) Curso/Talleres requeridos por terceros

          1) Hora reloj: 40 módulos”

 

ARTICULO 2º.  Pase a la Dirección General de Economía y Finanzas y a la Biblioteca Central. Comuníquese a los Departamentos Académicos, a las Secretarías, Direcciones Generales y CEMS. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO