ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

VIVIENDAS / ALUMNOS DE POSGRADO


Resolución CSU-70/10

Expte. X-86/04

 

BAHIA BLANCA, 3 de marzo de 2010.

 

             VISTO:

            La nota presentada por la Secretaría General de Bienestar Universitario solicitando que se transfiera la administración de las residencias estudiantiles para alumnos de posgrado, identificadas como Casas 5 “A” y 12 “B”, a la Secretaría General de Posgrado; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la administración de las residencias estudiantiles de posgrado es competencia de la Secretaría General de Bienestar Universitario, de acuerdo al reglamento aprobado por Res. CSU-126/00 y modificatorias;

 

            Que la Secretaría General de Posgrado es la dependencia que tiene relación directa con los estudiantes de posgrado;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 24 de febrero de 2010, lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Transferir la administración de las residencias estudiantiles destinadas a alumnos de posgrado, identificadas como Casas 5 “A” y 12 “B” de la Secretaría General de Bienestar a la Secretaría General de Posgrado.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de Posgrado y a la Secretaría General de Bienestar  Universitario a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA UNS

ABOG. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO