REGIMEN PARA DOCENTES INTERINOS Y SUPLENTES

AMPLIA ART. 7º RES. CU-188/91

 

Resolución CSU-711/07

Expedientes 646/84 y 1566/79

 

BAHIA BLANCA, 30 de octubre de 2007.

 

            VISTO:

            La Res. CEMS-74/07 elevada por el CEMS respecto a la necesidad de reglamentar el pase de docentes en las EMUNS al producirse vacantes en horas cátedra y/o cargos en alguno de los establecimientos, y

 

            CONSIDERANDO:

            Que no existe una reglamentación que contemple las distintas situaciones planteadas en las solicitudes de pases presentadas por los docentes;

            Que hasta el momento, los pedidos de pases se han resuelto a criterio de las Direcciones o por acuerdos entre los establecimientos;

            Que es conveniente unificar criterios sobre el mecanismo para proceder a la autorización de los pases docentes, a efectos de garantizar la equidad en el tratamiento de los diferentes casos;

            Lo aconsejado por las Comisiones de Docencia y Concurso e Interpretación y Reglamento del CEMS,

            Lo dispuesto por el CEMS por unanimidad en su Reunión Extraordinaria del  17/09/07;

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 24 de octubre de 2007, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Ampliar el art. 7º de la Res. CU-188/91 y de su modificatoria, art. 1º de la Res. CSU-131/05, incorporando las siguientes pautas para autorizar los pases de docentes en las Escuelas Medias de la UNS, a saber:

 

a)       Para cubrir horas cátedra o cargos vacantes se contemplarán en principio las solicitudes de pases de docentes que se desempeñan en las EMUNS, entendiendo por vacante aquel que ha dejado libre un titular o un interino.

 

b)       Podrá solicitar pase todo docente titular o interino con antigüedad no inferior a cinco (5) años que se desempeñe en el mismo cargo o Espacio Curricular donde se produjo la vacante. En los Espacios Curriculares se tendrá en cuenta que sea del mismo nivel (Nivel Medio o Nivel Terciario), con la misma carga horaria y contenidos similares.

 

c)        Durante la segunda quincena del mes de febrero y la primera quincena del mes de julio de cada año, el CEMS abrirá un registro, por escuela, de docentes interesados en solicitar pases. La nómina de inscriptos tendrá validez durante el ciclo lectivo y hasta la realización de la convocatoria del mes de febrero del año siguiente. Los docentes que soliciten pase deberán:

 

-          Estar inscriptos en los listados vigentes.

-          Ajustarse al horario disponible de la vacante.

 

d)       Producida  la vacante la Dirección de la Escuela recurrirá al registro de interesados en solicitar pase y se procederá  de la siguiente manera:

 

-          Se solicitará a la Junta Evaluadora de Antecedentes del CEMS la confección de un orden de mérito en función de la antigüedad general y la antigüedad específica en el Espacio Curricular o cargo.

-          Ante paridad de antigüedad se definirá por el concepto de los últimos 2 (dos) años.

-          En caso de duda en relación a los contenidos de los Espacios Curriculares, la Junta Evaluadora decidirá al respecto.

 

e)       El procedimiento detallado en el inciso anterior se aplicará en primer término para los docentes inscriptos en el registro que revistan carácter titular. En caso que no hubiese docentes inscriptos titulares se extenderá a los docentes inscriptos que revistan carácter interino.

 

ARTICULO 2º).- Autorizar la realización de una convocatoria de docentes interesados en solicitar pase, en forma inmediata, luego de la aprobación de las pautas establecidas en el artículo precedente. Durante el Ciclo Lectivo 2007.

 

ARTICULO 3º).- Pase A la Dirección General de Personal y al CEMS a sus efectos. Comuníquese a los establecimientos dependientes de la UNS, tome razón la Secretaría General Académica y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO