CEMS - ACTIVIDADES DEPORTIVAS. - JUSTIFICACION INASISTENCIAS A ALUMNOS.


Resolución CSU-718/96.

Expediente CEMS-1700/96.


BAHIA BLANCA, 16 de diciembre de 1996


VISTO:

La necesidad de crear una normativa que contemple la justificación de inasistencias por la participación en eventos deportivos para los alumnos de los distintos Establecimientos del Consejo de Enseñanza Media y Superior; y


CONSIDERANDO:

Que el Reglamento de Evaluación y Promoción de Alumnos (Res.CEMS-858/88), no contempla en forma expresa en su articulado una instancia que permita encuadrar las licencias deportivas;

Lo dispuesto por las Leyes 20655 y 20596, en especial lo consignado en el artículo 10º de la nombrada en último término;

La Resolución Nº7747/93 de la Dirección General de Escuelas de la provincia de Buenos Aires;

La importancia de la utilización del deporte como factor educativo coadyuvante en la formación integral del hombre;

El anteproyecto de Resolución del CEMS, a tal efecto;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 11/12/96, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;


POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º).- Justificar las inasistencias en que incurrieran los alumnos de los distintos Establecimientos del CEMS, con motivo de su participación en eventos o campeonatos deportivos locales, regionales, nacionales e internacionales, tanto en carácter aficionado o federado.


ARTICULO 2º).- Las inasistencias por esta causal no podrán exceder los 20 (veinte) días anuales y no serán computadas a los fines de modificar la condición de alumnos regulares.-


ARTICULO 3º).- En todos los casos, el causante informará a la Dirección de la Escuela por nota autorizada por padres o tutores indicando carácter, lugar, fecha, tipo de evento y obligaciones en los que estará ausente.


ARTICULO 4º).- Pase a conocimiento de la Secretaría General Académica, del Consejo de Enseñanza Media y Superior y Establecimientos dependientes. Agréguese copia al Expte. CU-313/96. Cumplido, archívese.-



LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO